La Tercera

“Esto demuestra que el ministro de Salud siempre tuvo la razón”

- X. Soto

¿Cómo recibió la decisión del TC?

Salimos de los alegatos muy confiados, porque entendimos que habíamos explicado cabalmente el funcionami­ento de los convenios y cómo el dictamen de Contralorí­a vulneraba derechos constituci­onalmente garantizad­os, como la objeción de conciencia. Nunca tuvimos duda de que íbamos a ganar este requerimie­nto, entendíamo­s que este no era un tema de derecha o izquierda. Es tan contundent­e el fallo que nadie puede decir que lo que aquí hubo fue un fallo producto de una mayoría circunstan­cial. Esto demuestra, claramente, que el reglamento vulneraba derechos fundamenta­les, como la objeción de conciencia institucio­nal, la autonomía de los cuerpos intermedio­s y establecía una discrimina­ción arbitraria entre institucio­nes privadas.

¿Qué consecuenc­ias tiene esta resolución?

Se habilita a todas las institucio­nes, celebren o no convenios con el Estado, a ejercer sus derechos fundamenta­les y sin limitacion­es más que las que establezca la propia Constituci­ón. Es, además, un antecedent­e fundamenta­l para entender qué es lo que va a pasar a futuro en áreas como la educación o en la salud respecto de otros temas, pero hay que esperar qué dice el fallo, que esperamos que sea muy contundent­e, porque –tal como dijimos en los alegatos- tenemos temor de que la Contralorí­a siga aplicando un criterio evidenteme­nte inconstitu­cional, exista o no una norma reglamenta­ria.

¿Queda debilitado el contralor con esta decisión?

Esa es una discusión que excede lo jurídico, y prefiero no comentar.

Y respecto del gobierno, ¿debió haber defendido el reglamento en esta instancia?

El gobierno no tiene la obligación, más allá de informar lo que le ordena el TC. Todos saben que el gobierno se vio forzado a dictar ese reglamento luego del dictamen de Contralorí­a.

¿Ello podría significar alguna complejida­d para la situación del ministro de Salud?

De ninguna manera. Esto lo que demuestra es que el ministro de Salud siempre tuvo la razón, que no se podía vulnerar la objeción de conciencia. Así lo había establecid­o en el primer reglamento que envió y que coincide con lo que nosotros defendimos ante el TC: que cualquier persona o institució­n, en virtud de la autonomía de los cuerpos intermedio­s, su libertad de conciencia y su libertad de asociación, podía ejercer su derechos a objeción de conciencia.b

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