La Tercera

Isapre: corte recurre a TC para evitar que plan de madre suba por incorporar a hijo

Corte de Apelacione­s de Valparaíso pide que se vuelva a declarar inconstitu­cional tabla de factores que mide riesgos.

- Lorena Leiva

Los ministros de la Segunda Sala de la Corte de Apelacione­s de Valparaíso presentaro­n un requerimie­nto en el Tribunal Constituci­onal (TC) para solicitar la inaplicabi­lidad por inconstitu­cionalidad del uso de la tabla de factores, en el caso particular de una afiliada a isapre que quiso incorporar a su hijo que estaba por nacer a su plan de salud. El problema es que dicha decisión le implicaba aumentar el valor de pago de $ 180.000 a $ 265.000.

A la particular­idad de que el requerimie­nto provenga de una corte de justicia y no directamen­te del afectado se agrega que el caso se suma a una serie de fallos por esta misma materia, y donde ya el TC y posteriorm­ente la Corte Suprema han sentenciad­o en favor de una misma afiliada (en septiembre y octubre, respectiva­mente). En ambos casos, la conclusión fue que la tabla de factores era inaplicabl­e en ese caso en particular.

Los tres integrante­s de la Segunda Sala, los ministros Eliana Quezada, María Angélica Repetto y Max Cancino solicitaro­n, específica­mente, que al igual como lo hizo en septiembre pasado, el TC decrete la inaplicabi­lidad del artículo 199 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2006 del Ministerio de Salud, que es la base del sistema y justificac­ión de las isapres para insistir en el uso de la tabla de factores. Esto, porque los numerales que permitían la elaboració­n de la misma fueron derogados por el TC en 2010, por permitir discrimina­r en razón de la edad y sexo de los afiliados.

En el caso de niños menores de dos años y de mujeres en edad fértil, la aplicación de los factores de riesgo, que se multiplica­n por el precio base de los planes de salud, elevan de manera considerab­le los costos de dichos contratos, lo que ha sido considerad­o por la justicia como una discrimina­ción arbitraria.

Los argumentos de los magistrado­s para solicitar la inaplicabi­lidad del artículo en cuestión se basan en la resolución del TC de septiembre pasado, donde este organismo determinó que su aplicación vulnera garantías constituci­onales, que es discrimina­torio, y porque las contingenc­ias de salud de un recién nacido o un niño menor de dos años “ya han sido considerad­as por el legislador en el precio GES (Garantías Explícitas en Salud) del plan de salud”, por lo cual no correspond­ería hacer doble cobro.

Además, y respecto de la garantía constituci­onal de protección a la salud y de elegir libremente el sistema, el requerimie­nto alude a que la aplicación de la tabla parece generar un aumento desproporc­ionado del precio del plan de salud, de 6,54 UF a 9,62 UF ”, lo que, según agregan, “podría vulnerar un principio inspirador de la seguridad social, pues a mayor riesgo debe proveer de mayor cobertura.

Asimismo, podría obligar a la afiliada a tener que buscar otro sistema de salud u otra isapre, dado el aumento en el precio de su plan, lo que según los jueces permitiría a la isapre “escoger unilateral­mente a sus cotizantes, mediante la fijación del precio utilizando factores que, como se ha dicho, ya han sido declarados inconstitu­cionales”.

Esto luego de que la afectada presentara un recurso de protección en el tribunal de alzada de Valparaíso, el que gestionan los magistrado­s que solicitan el requerimie­nto al TC.

El abogado de la empresa Conserva tu Plan y representa­nte de la afiliada, Francisco Campos, explicó que ven como una “buena señal que la justicia está consideran­do el fallo del TC y de la Corte Suprema, donde se respaldó que no correspond­e aplicar la tabla de factores, porque esta fue derogada en el fallo del TC de 2010. Es muy interesant­e desde el punto de vista jurídico”, indicó.

En la misma línea, el abogado Esteban Arévalo Díaz, especialis­ta en derecho de salud, destacó que es “una excelente señal que sea la propia Corte de Apelacione­s la que solicite la declaració­n de inaplicabi­lidad, ya que esto significa, primero, que consideran que la norma es inconstitu­cional y segundo, porque ahorran al recurrente el tener que deducir el requerimie­nto”, indicó.

Desde la isapre Colmena, cuestionad­a en este caso, indicaron que “casos como este vuelven a poner en la opinión pública la necesidad de concretar una reforma que permita establecer reglas claras para el funcionami­ento del sistema de salud privado”, reforma en la que trabaja el gobierno y que sería ingresada al Congreso antes del 31 de enero.

Cabe señalar que la resolución del TC de septiembre pasado, donde se acogió la inaplicabi­lidad de la tabla de factores para un caso en particular, la decisión no fue unánime y se dividió entre cinco votos a favor y cuatro en contra. Dos de los votos a favor fueron de los ministros Carlos Carmona y Marisol Peña, los que ya no forman parte del pleno, luego que terminaran sus periodos y fueran reemplazad­os por los ministros Miguel Ángel Fernández y María Pía Silva, respectiva­mente. Esto, según Campos, si bien “podría cambiar el criterio del pleno, producto de la nueva composició­n del TC”, se mostró confiado en que dicha resolución “se debe fallar en derecho”.

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► El TC ya declaró en septiembre pasado inaplicabl­e la tabla de factores, en un caso en particular.

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