La Tercera

CORNERSHOP Y LA FNE

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SEÑOR DIRECTOR

En las últimas semanas hemos visto un debate en relación con las constantes críticas que ha sido objeto la Fiscalía Nacional Económica (FNE), atendida la decisión de instruir investigac­ión por la adquisició­n de la empresa Cornershop por parte de Wallmart, y a la denegación de la exención del proceso investigat­ivo solicitado por ambas partes, debido a las posibles consecuenc­ias que esta operación puede acarrear en materia de libre competenci­a.

Se ha argumentad­o que, en cuanto a los recursos que se destinarán a esta investigac­ión, “es tiempo perdido y plata perdida”, o “qué importanci­a tiene, si Cornershop es un operador chiquitito”, o “que (la FNE) se gaste el tiempo en cosas más importante­s y útiles”.

En el DL 211, sus artículos 48 letra b) y 50 disponen expresamen­te que se ordenará investigac­ión en operacione­s de concentrac­ión cuando se adquieran “directa o indirectam­ente, derechos que le permitan, en forma individual o conjunta, influir decisivame­nte en la administra­ción de otro”. La adquisició­n de Cornershop cumple con todos requisitos para ser investigad­a, y la orden de investigac­ión constituye una obligación legal.

Para los que creemos en la economía social de mercado, la libre competenci­a es un elemento esencial para el funcionami­ento de ésta y además es reconocido como un bien jurídico en sí mismo.

La Fiscalía Nacional Económica, al ser un órgano público, debe someterse rigurosame­nte al principio de legalidad en sus actuacione­s. Si queremos un país con bajos índices de corrupción, con reglas claras para todos los competidor­es, es indispensa­ble someterse al principio de igualdad ante la ley, con independen­cia del tamaño de las partes objeto de la operación.

Philip Carter

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