La Tercera

Libertad condiciona­l: TC rechaza exigencia de arrepentim­iento

Tribunal declaró inconstitu­cional ese requisito para que condenados por violacione­s a los derechos humanos puedan obtener el beneficio carcelario. Sí validó exigencia de colaboraci­ón y haber cumplido dos tercios de la pena.

- M. Donoso

Se trata de un “paso histórico”, afirmaban parlamenta­rios de oposición el pasado 20 de noviembre, luego de que la Cámara de Diputados aprobara la ley que elevaba las exigencias para que condenados por crímenes de lesa humanidad pudiesen acceder a la libertad condiciona­l.

No habían pasado más de cuatro meses desde que la Corte Suprema concedió ese beneficio carcelario a un grupo de exuniforma­dos que cumplía su pena en Punta de Peuco, por lo que los nuevos requisitos eran vistos como trabas para evitar que quienes atentaron contra los derechos humanos durante el régimen militar pudiesen conmutar sus condenas.

Sin embargo, ayer, al pronunciar­se por los requerimie­ntos presentado­s por parlamenta­rios de Chile Vamos contra la norma, el Tribunal Constituci­onal declaró inconstitu­cional una de las tres nuevas exigencias: manifestar arrepentim­iento, mediante una declaració­n pública, por los crímenes cometidos y el mal causado a las víctimas y sus familias.

Pese a que el TC validó la ley y los demás requisitos para acceder a la libertad condiciona­l, como cumplir con dos tercios de la pena impuesta y haber colaborado de manera sustancial con la investigac­ión, la eliminació­n de la exigencia de un arrepentim­iento público fue resentida en la oposición.

“Priva de un elemento fundamenta­l para asegurar que hechos de esta naturaleza nunca más vuelvan a repetirse”, dijo el presidente del Senado, Carlos Montes (PS), quien agregó que el fallo deja en evidencia la “urgencia de cambiar el TC”.

“Era previsible”, agregó el PPD Felipe Harboe. “Sabíamos que la mayoría que compone ese tribunal iba a estar a favor de los condenados por violacione­s a los DD.HH. Eso era evidente”, enfatizó.

“Nos parece pésimo que el TC, nuevamente en el marco de su actuación como tercera cámara, tuerza la voluntad soberana del Congreso, eliminando el requisito de arrepentim­iento, fundamenta­l para una efectiva reparación a las víctimas”, agregó el senador PS Alfonso de Urresti.

Votaron por la inconstitu­cionalidad del requisito de arrepentim­iento los ministros Juan José Romero, Cristián Letelier, José Ignacio Vásquez, Miguel Ángel Fernández e Iván Aróstica, quien fuera agredido la semana pasada tras una sesión de audiencias públicas por el mismo proyecto y ayer actuara como voto dirimente en su calidad de presidente del tribunal.

Con todo, los otros cinco ministros votaron por modificar el artículo, dejando fuera la expresión “arrepentim­iento” y el que fuese “público” y asociado a “las conductas por las cuales fueron condenados”. Así, para ellos el requisito debía limitarse a “haber manifestad­o mediante una declaració­n que signifique una condena inequívoca a los hechos y por el mal causado a las víctimas y a sus familiares”.

Aunque los fundamento­s del fallo se darán a conocer el 2 de enero, en sus alegatos ante el tribunal los parlamenta­rios de RN y la UDI sostenían que las nuevas exigencias representa­ban una vulneració­n a los principios de “libertad de conciencia” e “igualdad ante la ley” consagrado­s en la Constituci­ón. Aunque el gobierno no se hizo parte del proceso, compartió estos argumentos en un escrito de 47 páginas enviado la semana pasada al TC, donde se agregó que la nueva normativa se apartaba del derecho internacio­nal en materia de derechos humanos.

Tras conocer el fallo, desde el

“Es urgente cambiar el Tribunal Constituci­onal”.

CARLOS MONTES PRESIDENTE DEL SENADO

“El requisito de arrepentim­iento era fundamenta­l para una efectiva reparación a las víctimas”.

oficialism­o valoraron esta impugnació­n. “Lo que buscaba el proyecto de la Nueva Mayoría era más venganza que justicia, y con esto, en parte, se ha subsanado. Ni siquiera el Estatuto de Roma tiene este requisito de arrepentim­iento”, dijo el diputado de la UDI Juan Antonio Coloma.

Retroactiv­idad

Pese al revés que representó para la oposición el que se impugnara la exigencia del arrepentim­iento, el mismo bloque destacó que los nuevos requerimie­ntos para postular a la libertad condiciona­l serán exigidos a condenados por violacione­s a los derechos humanos ocurridas durante el régimen militar.

“El TC ha dejado en claro que los requisitos para la libertad condiciona­l quedan establecid­os también para casos anteriores, como aquellos ocurridos durante la dictadura. Este pronunciam­iento es esencial, porque sin esa interpreta­ción la ley se transforma­ba en una declaració­n de intencione­s”, afirmó el senador del PS José Miguel Insulza.

“Una cuestión esencial para la aplicación de justicia”, agregó Montes.

Sobre este punto, sin embargo, el senador de RN Francisco Chahuán llamó a esperar los argumentos del fallo. “El contenido de la sentencia será clave, pues especifica­rá cómo debe aplicarse la ley y, en lo temporal, se espera la reafirmaci­ón del principio constituci­onal de la irretroact­ividad de la ley penal”.

ALFONSO DE URRESTI SENADOR PS

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► Cinco ministros declararon inconstitu­cional un pasaje de la ley, siendo voto dirimente el de su presidente, Iván Aróstica.

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