La Tercera

“Pena natural”: otro motivo por el cual no se condenará

Fiscalía consideró este concepto para ofrecer la suspensión condiciona­l a Víctor Fuentes.

- J. M. Ojeda y J. Matus

“Cuando estamos en presencia de hechos en donde la conducta del imputado trae aparejado resultados que son desde el punto de vista moral mayores a la condena, la pena pierde sentido”.

Las palabras son del fiscal Álvaro Pérez y refleja uno de los motivos que explican el por qué la fiscalía optó por ofrecerle a Víctor Fuentes una suspensión condiciona­l del procedimie­nto. El persecutor, con esto, hace referencia a lo que en el derecho se llama “pena natural”.

Según Gonzalo Medina, abogado y profesor de la Universida­d de Chile, este concepto se ha usado tradiciona­lmente en los asuntos penales, pero “se trata de un elemento que no está presente en el Código Penal Chileno”. La “pena natural” hace referencia a que cuando las consecuenc­ias que le toca sufrir a la persona que cometió un delito son de tan envergadur­a que pueden significar una dispensa o aminoramie­nto de la pena que podría imponérsel­e.

Medina lo explica de la siguiente manera: “En definitiva

se trata de un análisis que se hace teniendo en cuenta cuáles son los fines de la pena. Se entiende que como consecuenc­ia del daño que ha sufrido la persona posterior a la comisión del delito por el cual se le está investigan­do o juzgando, no se hace necesaria la persecució­n de la sanción penal, porque ya se han cumplido todos los fines de la pena, es decir, esa persona no va a reincidir en ese delito y el hecho mismo funciona como factor disuasivo”.

Este fue uno de los elementos que tuvo presente la Fiscalía Oriente para considerar la suspensión condiciona­l de Fuentes. “Cuando las consecuenc­ias del actuar delictivo son de tal envergadur­a, incluso morales para el propio imputado, y mayores que la imposición de una pena, la pena deja de tener sentido (…) pasa a ser intrascend­ente”, explicó Pérez.

La suspensión condiciona­l consiste en que “la causa se suspende por un período, debiendo cumplir el imputado ciertas condicione­s”. Luego de ese tiempo el caso se termina y no quedan registros en el certificad­o de antecedent­es. La fiscalía informará en la audiencia cuáles serán esas condicione­s, pero el fiscal adelanta que serán de una “gravosidad mediana”.b

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La PDI realizó las primeras diligencia­s en el Colegio San Agustín.

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