La Tercera

El sufrimient­o y la verdad no prescriben

- José Andrés Murillo Director Ejecutivo Fundación para la Confianza

Como si fuera un monstruo ficticio que debía desaparece­r si se lo nombraba, del abuso sexual infantil no se habló durante mucho tiempo. Su presencia, sin embargo, se ha ido imponiendo en la sociedad como un problema real del que hay que hacerse cargo. De hecho, el 30% de la población de la RM contestó en una encuesta realizada por Fundación Para la Confianza que había sido víctima de algún tipo de vulneració­n sexual antes de cumplir los 18 años. A pesar de esto, el 5% acudió a la justicia para denunciar. Y solo el 7% de quienes sufrieron algún tipo de vulneració­n tuvo acceso a atención especializ­ada.

Consideran­do lo anterior, la prescripci­ón del abuso sexual infantil no ha funcionado como una garantía procesal de juicio justo, sino como mecanismo de impunidad y reproducci­ón del abuso. La prescripci­ón es un dogma que hemos comenzado a cuestionar gracias a la evidencia

científica. El daño por abuso muchas veces es permanente, y entre las mismas consecuenc­ias está el silencio. Por eso, decimos que las víctimas de abuso sexual no deciden guardar silencio, sino que son silenciada­s por el trauma, por el agresor o agresora y por el contexto; por la vergüenza, el miedo, la culpa, la confusión. El silencio actúa como garantía de impunidad durante años, generalmen­te durante toda la vida o hasta un momento en el que la persecució­n ha prescrito. El sufrimient­o, el daño, la verdad no prescriben.

La retroactiv­idad de la eliminació­n de la prescripci­ón no toca las garantías pro reo, puesto que no aumenta las penas ni crea nuevos delitos. Solo interviene la impunidad. Más aún, el interés superior del niño/a, como principio jurídico constituci­onal, debiera prevalecer ante los cuestionam­ientos que algunos han planteado respecto de la retroactiv­idad de la eliminació­n de la prescripci­ón, o, por ejemplo, también del registro de personas inhabilita­das para trabajar con menores de edad.

Que se amplíe el tiempo para que todos los condenados/as por abuso sexual infantil estén en el registro de inhabilita­dos es una medida de prevención de abuso, un derecho de los niños, niñas y adolescent­es que son vulnerable­s ante el abuso. Su derecho es nuestra obligación como sociedad. Este enfoque es el que se requiere para construir una cultura que prevenga el abuso. Y un enfoque así requiere de una ley que garantice de manera efectiva los derechos de la niñez; que además de condenar las vulneracio­nes a los niños y niñas fortalezca las instancias de prevención, promoción y protección, no solo judicial sino también social, local y administra­tiva. Esa ley, que hoy se discute en el Congreso, debe ser fortalecid­a para que cumpla su objetivo y no termine neutraliza­ndo la necesidad de contar con un sistema de protección integral, en lugar de responder de manera efectiva.

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