REFORMA TRIBUTARIA Y REINTEGRACIÓN
La reforma tributaria propuesta tiene tres ejes de acción: cambio estructural de la recaudación, debilitamiento del marco antielusivo, y cambio de enfoque en la institucionalidad fiscalizadora. En el mensaje del proyecto del Ejecutivo, la reforma es neutra tributariamente, es decir que no aporta recaudación, en el largo plazo. Hay medidas que son el puntal de financiamiento para la actual administración tributaria. La principal herramienta de estímulo es la condonación de impuestos, siendo los sistemas propuestos un “deja vu”. En efecto, se permite regularizar capitales en el exterior no declarados, pero el contexto es distinto pues el SII cuenta con mejores recursos para fiscalizar, por tanto, una tasa de 10% (la anterior fue de 8%) parece una condonación exagerada frente al probable mayor éxito del fiscalizador. El impuesto sustitutivo al FUT, que sin duda recauda, pero transfiere merma recaudatoria a las futuras administraciones tributarias. Aquí se configura la primera incerteza tributaria.
Se gesta un cambio estructural con reducción de la recaudación tributaria mediante una rebaja de impuesto a la renta de empresas afectas al impuesto adicional y de socios mayoritarios de sociedades anónimas controladoras de las empresas más grandes del país. A lo anterior, se agrega: a) disminución de la base tributable de las grandes empresas mediante aprobación de mayor gasto necesario para generar la renta; b) rebajas de impuestos a la herencia, a la venta de acciones y mayor permisividad para donaciones a fundaciones dentro y fuera del país. Tales innovaciones no están en el informe financiero porque requieren de un análisis dinámico que permita modelar los ajustes que harán los agentes económicos en sus conductas. Así, surge un segundo grupo de incertezas tributarias para futuras administraciones.
¿Cómo se logra el equilibrio financiero? Se recurre a la innovación tecnológica de la boleta electrónica para reducir la evasión de IVA y de recaudación asociada de impuesto a la renta. La recaudación estimada fue revisada luego de las críticas de la oposición, y el resultado se redujo en 200 millones de dólares, y se podría rebajar en otros 200 millones si se calibran otros supuestos aplicados. Así, la compensación principal es otra fuente de incerteza tributaria.
Las medidas pro crecimiento: a) subsidio a las constructoras, con un bajo impacto social, que podría mejorarse si se diseña un buen programa de subsidio habitacional para la clase media (C1 y C2) con los mismos 100 millones de dólares que irían a las constructoras; b) depreciación acelerada, con impacto en la Formación Bruta de Capital, pero debido al cortoplacismo de la medida, hay grandes dudas acerca de mayor Adición Neta de Capital que es la base del crecimiento de largo plazo.
Los cambios a la cláusula general antielusión y la aplicación del silencio positivo producen una asimetría que fortalece a contribuyentes y asesores de planificación tributaria y debilita la acción fiscalizadora del SII y a la institucionalidad de los tribunales tributarios, pues tendrían que aplicar jurisprudencia del derecho civil, relegando la materia tributaria que es eminentemente de derecho público. Así, asumiendo el espíritu del legislador, que vela por el bien común, es aconsejable no innovar en materia tributaria, y gestionar y evaluar de la mejor forma posible el sistema vigente, y velar porque sean más las Pymes que vayan a un 14 Ter potenciado.
Es aconsejable no innovar en materia tributaria y gestionar de mejor manera el sistema vigente.