CONTROL PREVENTIVO
SEÑOR DIRECTOR
Ante la reciente aprobación por la Cámara de Diputados del proyecto de ley que extiende el control preventivo de identidad a los menores de 18 años y mayores de 16, me permito aportar a esta discusión desde la mirada de una víctima de un joven infractor de ley.
Mi hijo Andrés, de 19 años, fue asaltado y asesinado por un menor de 16 años que le propinó una herida penetrante cardíaca con un cuchillo. El asesino lideraba una banda criminal formada solo por jóvenes menores de edad, que planificaba, ejecutaba y se beneficiaba de sus atracos.
Las críticas al proyecto de ley se fundamentan mayoritariamente en que dicha norma atentaría contra los derechos de los niños dispuestos en las convenciones internacionales suscritas por Chile, y que su efectividad práctica sería acotada.
En relación a lo primero, nadie ha podido decir cuáles son las normas de la Convención de los Derechos del Niño transgredidas por este proyecto.
Esto permitirá enfrentar a bandas de menores que no son alcanzadas por la actual legislación, dado el exceso de garantías en la Ley Procesal Penal Adolescente. Por ejemplo, Carabineros nada podría haber hecho ante el actuar del asesino de mi hijo, sino hasta el momento mismo de los hechos.
Sin embargo, este proyecto limita su efectividad, ya que no hace extensible, en el caso del control preventivo, el registro superficial a los menores. Parece evidente decir que los criminales no llevan sus armas a la vista de todos.
Se hace urgente una revisión profunda al Sistema Procesal Penal Adolescente, con el fin de poder agregar un grado de justicia a las víctimas que somos totalmente desatendidas en la actual legislación, mientras los delincuentes son resguardados y protegidos en el marco de la minoría de edad.
Andrés Cubillos V.