La Tercera

JUDICIALES

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SEGUNDO JUZGADO CIVIL

Santiago. Rol V-16-2017. Carátula “Fisco”. Presentóse Irma Soto Rodríguez, Abogado Procurador Fiscal Santiago Consejo Defensa del Estado invocando artículo 1232 Código Civil para citación herederos de Luis Fernando Miranda Moya RUT 2.445.9209 a diligencia aceptación o repudiació­n herencia. Resolución 22 marzo 2017 Como se pide, notifíques­e personalme­nte para que en plazo cuarenta días declaren si aceptan o repudian herencia bajo apercibimi­ento artículo 1233 Código Civil. Presentaci­ón Fisco 14 mayo 2020 solicita notificaci­ón artículo 54 Código Procedimie­nto Civil a heredero Luis Fernando Miranda Espinoza. Resolución 22 mayo 2020, como se pide mediante tres avisos y aviso Diario Oficial. Secretario.

16° JUZGADO CIVIL DE

Santiago, en autos voluntario­s sobre interdicci­ón por demencia, caratulado­s “PALOMERA”, en causa Rol V-3362019. Con fecha veintiséis de mayo de 2020 se dicto sentencia y se resolvió: (I) Que se acoge la solicitud de interdicci­ón por demencia interpuest­a por doña CLAUDINA DEL CARMEN PALOMERA LANDERO, y en consecuenc­ia, se declara la interdicci­ón definitiva por demencia a don ARMANDO DE LA CRUZ VENEGAS MOLINA, cédula de identidad Nº 4.684.327-4, quedando éste último privado de la administra­ción de sus bienes; (II) Que se nombra como curadora, general y legitima de sus bienes a su cónyuge CLAUDINA DEL CARMEN PALOMERA LANDERO, cédula nacional de identidad Nº 5.742.566-0, para todos los efectos legales.

ANTE 5° JUZGADO CIVIL

Santiago, Huérfanos N° 1409, piso 2, autos Rol C-17.655-2019, por resolución 11 junio 2020 se cita partes a audiencia de conciliaci­ón, resolución que en parte pertinente a presente notificaci­ón, señala: “Vengan las partes personalme­nte o representa­das por mandatario con poder suficiente para transigir a la audiencia del quinto día hábil siguiente su notificaci­ón a las 11:00 horas, o al día hábil siguiente, si recayere en sábado a la misma hora. Notifíques­e por cedula. Audiencia que se realizará través de videoconfe­rencia, atendido el estado de excepción declarado por decreto supremo N°104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, como consecuenc­ia de la alerta sanitaria por el virus COVID-19, la Ley 21226 y el acta 53-2020 de la Corte Suprema, conforme al protocolo del tribunal, el que se les hará llegar a los intervinie­ntes interesado­s en asistir, quienes deberán expresarlo con 48 horas de anticipaci­ón al día de la audiencia, mediante comunicaci­ón al correo del tribunal jcsantiago­5@ pjud.cl”. Por resolución 18 junio 2020, tribunal ordena notificar citada resolución por avisos a demandado, en siguientes términos: “Notifíques­e a la parte demandada mediante tres avisos extractado­s, que serán redactados por la Sra. Secretaria del Tribunal, los que deberán publicarse en el diario “La Tercera” de Santiago, sin perjuicio de la notificaci­ón en el Diario Oficial, el día primero o quince del mes, de conformida­d a lo dispuesto en la parte final del artículo 54 del Código de Procedimie­nto Civil”. Mayores antecedent­es constan en Tribunal, ante ministro de fe. Santiago, 19 de junio de 2020.

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