Fiscalía eleva los requisitos para cerrar casos de corrupción
Ministerio Público actualizó instrucción general que imparte a los persecutores que investigan estas causas. Se exigirán diligencias mínimas antes de decretar el archivo.
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“El objetivo es limitar las salidas tempranas, endurecer la persecución penal”.
JORGE ABBOTT FISCAL NACIONAL
Desde hace dos años que la Fiscalía Nacional se encuentra trabajando en modificar la instrucción general que se imparte a los fiscales que indagan casos de corrupción y que contiene los principales criterios de actuación con los cuales se deben regir. Dicho oficio, que data de 2014, tuvo en 2018 uno de sus primeros exámenes internacionales.
Esto, luego de que la Ocde propusiera cambios profundos en la persecución del delito de cohecho por parte del Ministerio Público. Dicha revisión quedó constatada en el informe elaborado por el grupo de trabajo de la Ocde sobre cohecho en las transacciones comerciales internacionales. En ese reporte, junto con destacar los avances que permitieron hacer que Chile avanzara a fase 4, el organismo también señaló la necesidad de hacer algunas mejoras. Y en esa línea, apuntó sus dardos a 10 puntos, pero hubo uno en particular que fue calificado como prioritario. Se trataba del uso de las suspensiones condicionales y procedimientos abreviados en los casos asociados a corrupción.
A pesar de que desde el Ministerio Público hubo ciertas diferencias con las conclusiones, sobre todo considerando que ambos procedimientos judiciales son ante un juez, la Fiscalía Nacional decidió iniciar un trabajo para actualizar los criterios de actuación que deben seguir los persecutores para los delitos de corrupción.
Así fue como la última semana de julio, el fiscal nacional, Jorge Abbott, despachó el nuevo oficio que eleva los estándares para este tipo de ilícitos y así cumplir con las sugerencias realizadas por la Ocde.
Nuevas reglas
Las nuevas instrucciones generales establecen que para que los persecutores puedan archivar las causas, deberán realizar todas las diligencias mínimas exigidas, de manera de contar con todos los antecedentes del caso antes de cerrarlo. A su vez, se deberá comunicar la decisión al CDE
y contar con la aprobación del fiscal regional respectivo.
Respecto de la suspensión condicional del procedimiento, el nuevo oficio elimina el informe técnico que deben pedir los fiscales a la Unidad Anticorrupción de la Fiscalía Nacional. En su reemplazo, se estipula un listado de nueve circunstancias que harían favorable la adopción de esta salida e indica que se deben cumplir al menos cuatro de ellas para que el fiscal regional apruebe la suspensión.
Entre estos, se encuentran que “el imputado debe acreditar que ha reparado significativamente el perjuicio causado”, “que se cuente con la opinión favorable del CDE”, “que se haya dado inicio a la investigación por una denuncia del imputado a suspender” y “que el imputado a suspender haya prestado activa colaboración con la investigación”.
Entre otros aspectos, se fijan nuevas reglas respecto de las investigaciones contra altas
autoridades que estén siendo indagadas por los delitos de cohecho, cohecho a funcionario público extranjero, malversación, fraude al Fisco y exacción ilegal. Para que a ese tipo de imputados se les pueda aplicar un procedimiento abreviado, se deben acreditar cuatro requisitos copulativos y la autorización del fiscal regional (ver tabla).
El fiscal nacional, Jorge Abbott, indicó que “recogimos las recomendaciones realizadas por la Ocde, porque coincidimos en que la imposibilidad de llegar a juicio oral en estos casos y, en consecuencia, tener que optar por otras salidas, generaba una desconfianza ciudadana y una sensación de desigualdad ante la ley”. Agregó que “es por eso que trabajamos en el fortalecimiento de la persecución penal de los delitos de corrupción y modificamos la instrucción general que rige a estas investigaciones, cuyo objetivo es limitar el tipo de salidas tempranas, endurecer la persecución penal para este tipo de delitos, especialmente para funcionarios públicos de alto rango”.
En tanto, la directora de la Unidad Anticorrupción del Ministerio Público, Marta Herrera, indicó que “en materia de suspensión condicional y del procedimiento abreviado se establecen estándares más altos que tengan que cumplirse para poder llegar a ese tipo de salidas”.
El director ejecutivo de Chile Transparente, Alberto Precht, dijo que “es muy importante el instructivo. Soluciona problemas reprochados por organismos internacionales”.b