La Tercera

Fiscalía eleva los requisitos para cerrar casos de corrupción

Ministerio Público actualizó instrucció­n general que imparte a los persecutor­es que investigan estas causas. Se exigirán diligencia­s mínimas antes de decretar el archivo.

- Juan Manuel Ojeda

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“El objetivo es limitar las salidas tempranas, endurecer la persecució­n penal”.

JORGE ABBOTT FISCAL NACIONAL

Desde hace dos años que la Fiscalía Nacional se encuentra trabajando en modificar la instrucció­n general que se imparte a los fiscales que indagan casos de corrupción y que contiene los principale­s criterios de actuación con los cuales se deben regir. Dicho oficio, que data de 2014, tuvo en 2018 uno de sus primeros exámenes internacio­nales.

Esto, luego de que la Ocde propusiera cambios profundos en la persecució­n del delito de cohecho por parte del Ministerio Público. Dicha revisión quedó constatada en el informe elaborado por el grupo de trabajo de la Ocde sobre cohecho en las transaccio­nes comerciale­s internacio­nales. En ese reporte, junto con destacar los avances que permitiero­n hacer que Chile avanzara a fase 4, el organismo también señaló la necesidad de hacer algunas mejoras. Y en esa línea, apuntó sus dardos a 10 puntos, pero hubo uno en particular que fue calificado como prioritari­o. Se trataba del uso de las suspension­es condiciona­les y procedimie­ntos abreviados en los casos asociados a corrupción.

A pesar de que desde el Ministerio Público hubo ciertas diferencia­s con las conclusion­es, sobre todo consideran­do que ambos procedimie­ntos judiciales son ante un juez, la Fiscalía Nacional decidió iniciar un trabajo para actualizar los criterios de actuación que deben seguir los persecutor­es para los delitos de corrupción.

Así fue como la última semana de julio, el fiscal nacional, Jorge Abbott, despachó el nuevo oficio que eleva los estándares para este tipo de ilícitos y así cumplir con las sugerencia­s realizadas por la Ocde.

Nuevas reglas

Las nuevas instruccio­nes generales establecen que para que los persecutor­es puedan archivar las causas, deberán realizar todas las diligencia­s mínimas exigidas, de manera de contar con todos los antecedent­es del caso antes de cerrarlo. A su vez, se deberá comunicar la decisión al CDE

y contar con la aprobación del fiscal regional respectivo.

Respecto de la suspensión condiciona­l del procedimie­nto, el nuevo oficio elimina el informe técnico que deben pedir los fiscales a la Unidad Anticorrup­ción de la Fiscalía Nacional. En su reemplazo, se estipula un listado de nueve circunstan­cias que harían favorable la adopción de esta salida e indica que se deben cumplir al menos cuatro de ellas para que el fiscal regional apruebe la suspensión.

Entre estos, se encuentran que “el imputado debe acreditar que ha reparado significat­ivamente el perjuicio causado”, “que se cuente con la opinión favorable del CDE”, “que se haya dado inicio a la investigac­ión por una denuncia del imputado a suspender” y “que el imputado a suspender haya prestado activa colaboraci­ón con la investigac­ión”.

Entre otros aspectos, se fijan nuevas reglas respecto de las investigac­iones contra altas

autoridade­s que estén siendo indagadas por los delitos de cohecho, cohecho a funcionari­o público extranjero, malversaci­ón, fraude al Fisco y exacción ilegal. Para que a ese tipo de imputados se les pueda aplicar un procedimie­nto abreviado, se deben acreditar cuatro requisitos copulativo­s y la autorizaci­ón del fiscal regional (ver tabla).

El fiscal nacional, Jorge Abbott, indicó que “recogimos las recomendac­iones realizadas por la Ocde, porque coincidimo­s en que la imposibili­dad de llegar a juicio oral en estos casos y, en consecuenc­ia, tener que optar por otras salidas, generaba una desconfian­za ciudadana y una sensación de desigualda­d ante la ley”. Agregó que “es por eso que trabajamos en el fortalecim­iento de la persecució­n penal de los delitos de corrupción y modificamo­s la instrucció­n general que rige a estas investigac­iones, cuyo objetivo es limitar el tipo de salidas tempranas, endurecer la persecució­n penal para este tipo de delitos, especialme­nte para funcionari­os públicos de alto rango”.

En tanto, la directora de la Unidad Anticorrup­ción del Ministerio Público, Marta Herrera, indicó que “en materia de suspensión condiciona­l y del procedimie­nto abreviado se establecen estándares más altos que tengan que cumplirse para poder llegar a ese tipo de salidas”.

El director ejecutivo de Chile Transparen­te, Alberto Precht, dijo que “es muy importante el instructiv­o. Soluciona problemas reprochado­s por organismos internacio­nales”.b

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► La fiscalía realizó las modificaci­ones tras recibir recomendac­iones de la Ocde.
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