Jueces civiles alertan que tardarán casi tres años en ponerse al día por el Covid
Los magistrados de esta materia de Santiago acusan que les redujeron en un 50% el número de jueces operativos. La Corporación Administrativa Judicial defiende la medida. Dicen que tuvieron recortes y que reforzaron los juzgados de familia.
“Si no se toman medidas razonables y racionales vamos a estar como a mitad de los 90”. RICARDO NÚÑEZ COMITÉ JUECES CIVILES STGO
“(La decisión fue) redirigir parte de los fondos disponibles a los juzgados de familia del país”. RICARDO GUZMÁN DIRECTOR CAPJ
La pandemia ha golpeado al Poder Judicial y uno de los más afectados es la justicia civil. Hace algunas semanas, los jueces civiles de Santiago redactaron un duro informe con su situación, alertaron de atrasos que podrían durar años, y remitieron el escrito a la Corte Suprema.
El documento, elaborado por el comité de magistrados civiles de Santiago, plantea que “los jueces y juezas civiles que diariamente se desempeñan en sus funciones no pueden cargar sobre sus hombros los recortes presupuestarios que determina la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ) (...). La política desarrollada por la CAPJ se ha traducido en que nuestra jurisdicción ha sido la única a la cual se le ha disminuido el 50% de la dotación de jueces y ello ha ocurrido con la suspensión de la aplicación del artículo 47 del Código Orgánico de Tribunales”.
El juez del 11º Juzgado Civil
de Santiago Ricardo Núñez es integrante del comité y uno de los tres autores del informe. El magistrado explica que, a juicio de los tribunales civiles, dicha reducción de jueces y un “mal diagnóstico” sobre la carga laboral son el origen del problema.
La decisión de la CAPJ se tomó porque la Ley 21.226, que establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, suspendió los “términos probatorios”, es decir, el plazo para presentar las pruebas en un juicio. Cálculos internos muestran que por cada uno de los 30 tribunales civiles de Santiago, hay entre 200 y 300 juicios sumarios y ordinarios suspendidos. “La Corporación Administrativa, con unos estudios que no sabemos de dónde salieron, lo que dice es que a partir de la suspensión de los términos probatorios hay menos carga de trabajo. ¡Como si los términos probatorios existieran en todos los procesos y en todas las gestiones! De hecho, términos probatorios en los juicios ejecutivos, que co
rresponden al 80% de nuestro trabajo, casi no existen”, asegura el juez.
¿Menos magistrados?
El recorte de jueces en el área civil de Santiago se debió a que la CAPJ, haciendo uso del Artículo 47 del Código Orgánico de Tribunales, dejó de permitir que un juzgado civil, ante situaciones específicas, pueda operar con dos jueces. Esto era posible debido a que los secretarios civiles ejercen como juez y se encargan de los asuntos ejecutivos. Así, en Santiago hay 30 juzgados civiles, con un juez y secretario por cada uno, lo cual da un total de 60 jueces en la práctica.
Con todo, el juez Núñez es pesimista con el escenario que se viene: “Esto va a significar que nos vamos a demorar por lo menos un año y medio en poner el día la justicia civil. Si sumamos los recursos de apelación, implica que el próximo año todos los juicios que lleguen a la corte se van a resolver en dos años más. O sea, estamos hablando de tres años
para terminar la tramitación entre primera instancia y segunda instancia”, concluye.
Por eso, el magistrado pide con urgencia tomar al menos tres medidas al respecto: reponer el 50% de jueces que sacaron, sentarse en una mesa de trabajo y gestionar de mejor forma el uso de las tecnologías para las audiencias de testigos y otras presenciales.
Las razones de la CAPJ
El director de la CAPJ, Ricardo Guzmán, defiende la medida y asegura que la decisión que afectó a la justicia civil se tomó debido a que la autoridad política solicitó optimizar recursos asignados en el Presupuesto 2020 para hacer frente a la pandemia.
Un ejemplo de eso es que del presupuesto asignado al Poder Judicial se recortaron $ 5.600 millones de la partida, desde la cual se financian las rentas. Con ese recorte se tuvo que evaluar las prioridades y reasignar los recursos.
Por eso fue que “se tomó la decisión de suspender el financiamiento de la modalidad de trabajo que consagra el Artículo 47 del Código Orgánico de Tribunales”. Esa decisión, cuenta Guzmán, se acordó, además, con información proporcionada por los propios juzgados civiles, a través de las respectivas cortes de Apelaciones, en donde se dio cuenta “del estado de situación de sus términos probatorios, también del número de incidentes y causas pendientes de resolver”.
Luego se analizó la carga de trabajo de los juzgados civiles de Santiago y también de otras jurisdicciones. Así fue como, tomando en consideración el exceso de carga laboral de los juzgados de familia generado por los retiros del 10% de las AFP, se optó por reforzar esa área. “La decisión del Consejo Superior de la Corporación Administrativa, que también fue conocida por la Corte Suprema, fue mantener la decisión de no autorizar la aplicación del referido ar-tículo y redirigir parte de los fondos disponibles a los juzgados de familia del país”, concluye Guzmán. ●