La Tercera

El paso a paso de una vacuna en Chile

El Instituto de Salud Pública explica el procedimie­nto que siguen las farmacéuti­cas en el país.

- Cecilia Yáñez

2-4

Desde que la farmacéuti­ca Pfizer dio a conocer los resultados de efectivida­d de su vacuna, la empresa inició rápidament­e la solicitud para su aprobación de emergencia.

Lo hizo ante la Administra­ción de Medicament­os y Alimentos (FDA, su sigla en inglés) en EE.UU:, la Agencia Europea de Medicament­os de la Unión Europea (EMA), la Administra­ción Nacional de Medicament­os de Argentina (Anmat) y también ante el Instituto de Salud Pública (ISP) de nuestro país la semana pasada. También lo hizo ante el Reino Unido, que ahora fuera del Brexit tiene su propia agencia regulatori­a, y de la que ya consiguió la aprobación para su uso, la primera en el mundo.

En Chile no se llama aprobación de emergencia como en EE.UU., sino “solicitud para autorizaci­ón provisiona­l”, y se refiere a un mecanismo del Código Sanitario. “Se usa para cubrir una necesidad urgente de naturaleza colectiva, derivada de una situación de desabastec­imiento o inaccesibi­lidad a un recurso farmacológ­ico específico. En este caso, inmunizar a la población contra Covid-19”, explica Heriberto García Escorza, director (s) del ISP.

Para aprobar el registro de una vacuna (u otro medicament­o) el ISP evalúa antecedent­es de la fabricació­n del componente activo y del producto.

También se consideran los antecedent­es de los estudios preclínico­s y los clínicos en fase uno, dos y tres. Es precisamen­te este último estudio, el que ninguna vacuna contra el coronaviru­s aún tiene listo y la razón por la que las agencias como la FDA y el ISP pueden hacer excepcione­s, como la que solicitó Pfizer.

La solicitud puede ser presentada por el laboratori­o fabricante o su representa­nte en Chile, quien se hace responsabl­e de la veracidad y completitu­d de la informació­n ingresada. Para eso, debe presentar antes el ISP estudios o documentos que den cuenta del proceso de manufactur­a y control de calidad del producto y los antecedent­es que demuestran la eficacia y seguridad de la vacuna, entre los cuales los más relevantes son los estudios clínicos. “En el caso de una autorizaci­ón de uso provisiona­l, se requiere el respaldo documental de que el producto cuenta con aprobación en el país de procedenci­a o fabricació­n”, indica García.

Tras esta solicitud, evaluadore­s internos del ISP analizan los antecedent­es presentado­s y al igual que la FDA en Estados Unidos, citarán a un comité de expertos para asesorar a la autoridad.

El director del ISP explica que no es obligación citar a estos asesores y no se hace siempre, pero como se trata de una vacuna “nueva y estamos en pandemia se recurrirá a ellos. “Hemos creado un comité de expertos que nos ayuda con los productos nuevos. Cuando amerita, se hace, pero es la agencia reguladora la que resuelve”, explica García.

Si aprueba la FDA, ¿aprueba también el ISP? Ambas son agencias regulatori­as con el nivel más alto que otorga la OPS/OMS (Nivel IV, de Autoridad Reguladora de Referencia), pero García dice que no tienen una relación vinculante que las obligue a aprobar medicament­os al unísono. De hecho ha ocurrido que en EE.UU. se ha aprobado un medicament­o, y en Chile no. “Ocurrió con unos anticuerpo­s monoclonal­es”, recuerda el director del ISP. En esa oportunida­d, el laboratori­o presentó antecedent­es distintos a ambas agencias.

En esta ocasión la situación es distinta reconoce García, porque

“Lo más probable es que hagamos algo muy parecido a lo que apruebe la FDA”.

HERIBERTO GARCÍA, INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA

ambas agencias recibieron los mismos documentos, la diferencia está en el transporte que se necesitará en Chile y en Estados Unidos para mover las vacunas y que implican para la cobertura nacional, al menos 8 horas de avión. En este caso, la compañía debe presentar datos de estabilida­d de vuelo y otros aspectos logísticos que difieren de la realidad estadounid­ense.

Incluso, como se trata de agencias del mismo nivel, pero autónomas, puede ocurrir que de manera excepciona­l en Estados Unidos, la vacuna de Pfizer se apruebe su uso durante el período de un año y en Chile se defina su utilizació­n mientras dure la pandemia. “El reglamento que tenemos no dice tiempo. También podría dictarse una resolución que señalara que se permite el uso hasta que se cuente con los estudios fase 3. Esto lo hacemos todas las agencias reguladora­s, pero lo más probable es que hagamos algo muy parecido a lo que apruebe FDA, los antecedent­es presentado­s son los mismos”, indica.

Si es requisito, para la legislació­n nacional que para la autorizaci­ón de excepción, la vacuna cuente con permiso de su país de origen. En este caso específico, de EE.UU. o de Bélgica, lo que aún no ha ocurrido. Que el Reino Unido la haya aprobado, no es más que otro antecedent­e que se presenta en la carpeta.

Comité de expertos

El comité de expertos al que llamó el ISP está constituid­o por 22 personas, de ellas, seis que no pertenecen a esta institució­n: un médico de la U. Católica; un pediatra broncopulm­onar de la U. del Desarrollo, un químico farmacéuti­co doctorado de la U. de Valparaíso, otro de la U. Austral, otro doctorado sin filiación, un oncólogo de Clínica Indisa un pediatra infectólog­o del Departamen­to de Inmunizaci­ones del Ministerio de Salud y otro pediatra infectólog­o del Comité Asesor de Vacunas (Cavei). Desde el ISP, el equipo estará encabezado por el propio director.

Si la respuesta del ISP es positiva, se procede a la resolución, un proceso que puede demorar un par de días. “Una vez que autorizamo­s, el laboratori­o tiene que hacer la importació­n con el documento que nosotros entregamos para que Aduanas permita su ingreso”, explica García.

Por cada lote de dosis que ingresen al país, el laboratori­o deba hacer de manera online un formulario informando la cantidad que ingresa. Una vez que llegan al aeropuerto, se sacan de ahí y las dosis son llevadas a las cámaras de frío ya establecid­as.

“Desde este punto, es el Programa Nacional de Inmunizaci­ones (PNI) del Minsal el que se hace cargo de la distribuci­ón según se haya decidido. Si todo sale como tiene que salir, al igual que en el resto de los países, se debería empezar a vacunar a la población el primer trimestre del próximo año”, explica el actual director (s) del Instituto de Salud Pública. ●

 ??  ??
 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Chile