Suprema busca prevenir conflictos de interés de los abogados integrantes
La Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados apunta a que esta figura debería ser eliminada de las cortes. Se trata de un acuerdo tomado por el pleno del máximo tribunal que busca reforzar la regulación de esta materia.
Hace una semana, cuando el pleno de la Corte Suprema se reunió para elaborar las 12 ternas para que el gobierno escoja a los próximos abogados integrantes del máximo tribunal, uno de los ministros presentes aprovechó la oportunidad para abordar otro tema. Fue el magistrado Arturo Prado quien tomó la palabra para referirse a los eventuales conflictos de interés que se puedan generar en quienes les toque asumir esta función.
“Se deja constancia que el ministro señor Prado, fundado en lo dispuesto en el Art. 67 del Código de Ética Profesional del Colegio de Abogados, propuso se adoptaran medidas destinadas a evitar conflictos de interés por parte de quienes serán llamados a desempeñar funciones jurisdiccionales”, dice el acta de ese pleno.
El comentario del supreacuerdo apuntaba a una de las críticas históricas que se le ha hecho a esta figura. El reproche apunta a que estos abogados cuando integran salas ejercen como jueces y respecto de ellos no existe un impedimento legal para el ejercicio privado de la profesión.
“Se acordó que los y las profesionales que sean designados como abogados y abogadas integrantes de este tribunal deberán consignar en cada uno de los procesos ingresados a esta corte y en los que tengan intervención, sea directa y personal, o de cualquier profesional del estudio en el cual se desempeñen, dicha circunstancia, para la declaración de la correspondiente causal de inhabilidad”, agrega el acta.
Los actuales abogados integrantes dicen que el acuerdo, en la práctica, no genera mayores cambios. Esto debido a que, por ejemplo, ellos cuentan con una causal de implicancia extra a la que tienen los jueces en la cual se señala que “será causal de recusación respecto de ellos la circunstancia de patrocinar negocios en que se ventile la misma cuestión que debe resolver el tribunal”. Pero lo resuelto por el pleno apunta a que se les exigirá que en cada causa en la que tengan intervención, ya sea ellos mismos o alguien de su estudio, deberán dejar constancia. Un supremo dice que la idea era dar una señal de que el tema es importante y debe prevenirse.
Las mismas fuentes señalan, además, que reciben el acuerdo como una especie de señal para que el gobierno privilegie abogados ligados a la labor académica y no a profesionales vinculados a estudios privados.
Reacciones
A juicio del director ejecutivo del Observatorio Judicial, José Miguel Aldunate, el del pleno “ayuda a prevenir conflictos de intereses”, pero dice que el cambio debería ser más profundo. “La medida adoptada por el pleno ayuda a hacer más efectivas las inhabilidades, pero no previene contra la influencia que eventualmente puede ejercer el Poder Ejecutivo sobre los abogados integrantes. Varias de las normas que se aplican a los jueces, como la inamovilidad o la prohibición de participar en política, no se aplican a los abogados integrantes”, afirma.
La Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados va más allá. “Tenemos una opinión asentada en la materia en términos de la necesidad de avanzar hacia la eliminación de la institución en la Corte Suprema y las cortes de Apelaciones, que estimamos genera conflictos de interés y afecta la imparcialidad del juzgador, pues quien se sienta a un costado de esos minismo
“Hay que avanzar hacia la eliminación de la institución en la Corte Suprema y las cortes de Apelaciones”.
MAURICIO OLAVE
PRESIDENTE DE ANMM “La medida adoptada por el pleno ayuda a hacer más efectivas las inhabilidades”.
JOSÉ MIGUEL ALDUNATE OBSERVATORIO JUDICIAL
tros y ministras un día, al otro puede estar litigando en esas mismas cortes”, asegura el presidente del organismo, Mauricio Olave.
Para el gremio esta figura debería “ser cubierta por ministros de tribunales de alzada en el caso del máximo tribunal y por jueces habilitados en el caso de los tribunales de alzada”. ●