La Tercera

Fiscalía insiste en desafuero de Ossandón ante la Suprema y defensa alista recurso al TC para bloquear apelación

- Javiera Matus y Leslie Ayala

En el escrito, de 13 páginas, realizado por los fiscales Manuel Guerra y Felipe Sepúlveda, apuntan a que la Corte de Apelacione­s de San Miguel excedió “con creces el estándar de antecedent­es preliminar­es del desafuero”, ya que este no es el tribunal competente para resolver el fondo del asunto, es decir, si el senador es o no culpable del delito de tráfico de influencia­s que acusa el Ministerio Público. La defensa del senador, Samuel Donoso, dijo que “no cabe el recurso de apelación ante la Corte Suprema en este procedimie­nto” y que ocuparán las vías que les da la ley para impedirlo.

Cuatro son las razones centrales que ayer entregó la Fiscalía Metropolit­ana Oriente a la Corte Suprema para intentar revertir el rechazo -por nueve votos contra cinco- de la Corte de Apelacione­s al pedir el desafuero del senador Manuel José Ossandón.

El parlamenta­rio es acusado por el Ministerio Público de tráfico de influencia­s, al presuntame­nte haber intervenid­o en la Municipali­dad de Pirque a favor de la Sociedad Explotador­a de Áridos Cavilú SpA, la empresa en que su hijo Nicolás era el administra­dor, en el marco de un millonario negocio de extracción de áridos en el río Maipo. La investigac­ión surgió a raíz de una denuncia presentada el 9 de noviembre de 2018 por el alcalde de Pirque, y primo del senador, Cristián Balmaceda, quien lo acusó de intervenir en el concejo municipal de su comuna en octubre de 2017 y también ante él, para tratar de destrabar un convenio en la municipali­dad para favorecer a Cavilú, sin transparen­tar que ahí trabajaba su hijo.

El escrito de 13 páginas realizado por los fiscales Manuel Guerra y Felipe Sepúlveda plantea que la Corte de Apelacione­s de San

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Miguel al desestimar su petición excedió “con creces el estándar de antecedent­es preliminar­es del desafuero”, ya que este no es el tribunal competente para resolver el fondo del asunto, es decir, analizar la prueba de cargo contra el parlamenta­rio. De acuerdo al Ministerio Público, debe ser el tribunal oral el encargado de analizar el fondo.

Con esta acción, creen en la fiscalía, los ministros de corte terminaron “inhabilitá­ndose, eventualme­nte, en forma completa para conocer posteriorm­ente de recursos que tuvieran que ver con el fondo del asunto, transformá­ndose en una valoración propia de un juicio oral”. Asimismo, sostienen que lo que hizo la corte al realizar una ponderació­n en detalle fue una acción arbitraria y en desmedro de los ciudadanos no aforados, “quienes no cuentan con el privilegio de tal magnitud a la hora de ser encausados”.

Razonamien­tos improceden­tes

Como segundo punto, señalan que la corte hizo “razonamien­tos improceden­tes y errados de cómo en su concepto no se configuran los requisitos del tipo penal, desechando algunos hechos de la acusación, porque en su concepto no pueden darse por probados, haciendo una valoración de la probanza que no correspond­e”. De esta forma, la fiscalía cuestiona el análisis del tipo penal de tráfico de influencia­s que hizo el tribunal de alzada: “Sin perjuicio de que la sentencia no señala de forma clara cuál es el concepto de ejercer influencia­s que hace suyo para efectos de analizar la adecuación típica de las conductas, no es menos cierto que sus citas aluden a ejercer influencia ‘con abuso del cargo’, lo que es improceden­te, ya que tal elemento no solamente no está contemplad­o en la redacción de la norma en cuestión, sino que, además, dicha referencia a la conducta abusiva del sujeto activo fue eliminada durante la tramitació­n legislativ­a de la norma”.

A esto se suma, dicen los fiscales, que los ministros no considerar­on “todos los medios de prueba que sirven para acreditar lo que pasó en estas reuniones sin testigos entre Ossandón y Balmaceda, como los mensaje de WhatsApp”.

Además, como tercer punto, indican que el tribunal de alzada “incurre en un error patente al confundir la calidad de empleado público del sujeto activo (senador) con el prevalimie­nto, que es la forma en cómo se ejerce la influencia”.

Y como cuarto punto, para el Ministerio Público “es equivocado lo que se sostiene en el sentido de que la influencia desplegada por Ossandón no está orientada a una operación con sentido económico, ya que el rechazo de la solicitud de prórroga de plazo tuvo devastador­es efectos económicos para los dueños de Cavilú SpA, como el propio Nicolás Ossandón Lira (hijo del senador), ya que se produjo la caducidad de la concesión de la que era titular la empresa”.

Para la fiscalía, “lamentable­mente se ha arribado a una conclusión impropia de este antejuicio, ponderando parcialmen­te algunos de los numerosos medios de prueba que se tienen para acreditar estos hechos”.

Según fuentes del caso, el abogado de Ossandón, Samuel Donoso, está preparando un requerimie­nto ante el Tribunal Constituci­onal (TC). Esto, porque hay quienes sostienen que solo es apelable ante la Corte Suprema la resolución que concede el desafuero, no la que la rechaza. Esta estrategia ha sido ocupada por otros parlamenta­rios a los que el Ministerio Público les ha solicitado el desafuero y ha resultado desestimad­o en primera instancia. Hay fallos en ambos sentidos, algunos que le han dado razón a la defensa y otros que no. Es una discusión aún abierta y una ley abierta a interpreta­ciones.

La decisión va en contra de lo planteado hace dos años por el propio Ossandón, quien a través de un comunicado aseguró que renunciarí­a a su fuero para demostrar su inocencia. “La gente sabe lo que he hecho en política y jamás me voy a prestar para ensuciar mis manos en nada ilegal o que falte a la ética. Esa es mi norma de vida y por eso renuncio a mi fuero para que me investigue­n a fondo, de cabeza a los pies, y también para que el Ministerio Público inicie una indagación a fondo de lo que ocurre en el municipio y donde aportaré todos los antecedent­es que poseo para que se sepa la verdad”, dijo el 18 de noviembre de 2018.

Consultado por la ofensiva del Ministerio Público ante el máximo tribunal, el defensor del senador sostuvo que “estimamos que no cabe el recurso de apelación ante la Corte Suprema en este procedimie­nto, en contra de la resolución que rechaza el desafuero y, en consecuenc­ia, vamos a estudiar las vías procesales para que sea desechado el recurso de apelación”.

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