La Tercera

Retrocesos en materia tributaria

La iniciativa para gravar altos patrimonio­s y grandes empresas dañará la inversión y difícilmen­te logrará la recaudació­n que promueven sus promotores.

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La Cámara de Diputados aprobó con más de 3/5 de los votos un proyecto de ley con dos propuestas altamente inconvenie­ntes: un impuesto excepciona­l de 2,5% a las personas que tengan un patrimonio igual o superior a los 22 millones de dólares; y un aumento transitori­o, desde 27% a 30%, de la tasa de impuesto a la utilidad de empresas con ingresos anuales superiores a un millón de UF.

Chile tiene una estructura de impuestos directos (1ª y 2ª Categoría del Impuesto a la Renta e Impuesto Global Complement­ario) orientada, en último término, a gravar a las personas con tasas crecientes con el nivel de ingresos. Esta estructura resultó de la búsqueda de impuestos menos distorsion­adores, tal de minimizar su impacto negativo sobre el empleo y el crecimient­o; con alta recaudació­n en relación al costo de administra­rlos; con equidad horizontal, tal que rentas similares se graven con tasas similares; y con la máxima progresivi­dad (tasas mayores para ingresos más elevados) compatible con no exceder el costo en alguna de las dimensione­s anteriores.

Hoy, por comparació­n a lo que se observa en países OCDE, si se quisiera avanzar en mayor recaudació­n con racionalid­ad, las correccion­es en Chile (Estudios Públicos N°161) deberían apuntar a reducir la tasa de impuestos aplicables a ingresos del capital -pues las actuales están deprimiend­o la inversión y las remuneraci­ones-, e incrementa­r la tributació­n en segmentos de ingresos medios de la población que hoy no tributan lo necesario. También hace sentido revisar exenciones como la que se aplica al diésel, la renta presunta junto a la eliminació­n de la exención a la ganancia de capital y a fondos de inversión privado (estos dos últimos aspectos sí son considerad­os en el proyecto en trámite).

Tras una larga historia de impuestos transitori­os que se hicieron permanente­s, y del bochornoso olvido de este mismo Congreso de su compromiso de promover retiros previsiona­les por “una única vez”, la expectativ­a es que los cambios tributario­s que promueve este proyecto vayan a ser permanente­s. Así mirado, el proyecto constituye un grave retroceso en la estructura tributaria del país.

Ambas propuestas aumentan la tributació­n sobre los ingresos del capital, con efectos negativos sobre la inversión y los salarios. En el caso del llamado impuesto a los “súper ricos”, se parte de una premisa equivocada, asumiendo que quienes poseen mayor patrimonio no aportan más. Lo cierto es que ya hacen mayores contribuci­ones, pero una discusión distinta es si se quiere que aporten más aún. Y para ello el instrument­o que se está proponiend­o es el equivocado. Al gravar el 2,5% sobre el patrimonio, se arriesgan problemas de liquidez por estarse gravando stocks y no flujos; se producen además inequidade­s horizontal­es (el SII tasará activos que no tienen valor de mercado. Asimismo, la evidencia internacio­nal indica que difícilmen­te la recaudació­n pudiera llegar a más de un quinto de lo pronostica­do, e inducirá a que muchos capitales emigren en forma permanente. Por estas razones, de 13 países OCDE que alguna vez aplicaron impuestos al patrimonio, solo cuatro los mantienen.

Más allá de la inconstitu­cionalidad de un proyecto que invade facultades exclusivas del Presidente de la República, es lamentable que el Congreso avance en iniciativa­s tan distantes de la racionalid­ad que tradiciona­lmente orientó la legislació­n tributaria chilena.

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