La Tercera

¿Pasará la admisibili­dad? Voces del TC alertan efectos que tramitació­n del tercer retiro ya haya finalizado en el Congreso

- Leslie Ayala

A diferencia del anterior requerimie­nto con que el gobierno derribó, con empate y voto dirimente, la iniciativa del Congreso del segundo retiro de 10%, esta vez no hay trámites legislativ­os pendientes y sólo queda la promulgaci­ón. Hay jueces que plantean que al no existir una gestión pendiente es posible que la estrategia del Ejecutivo sufra un traspié en su primer examen. A eso se suma la petición de que María Luisa Brahm salga de la vista de la causa, lo que se resolverá hoy en una jornada clave en el Tribunal Constituci­onal.

Es la segunda vez en la historia del Tribunal Constituci­onal que se impugna una reforma constituci­onal de iniciativa parlamenta­ria, el anterior fue el requerimie­nto del gobierno en contra del segundo retiro del 10% de las AFP, que se acogió, pero que no tuvo efecto concreto, y es la primera vez que el organismo debe resolver con un proyecto que ya fue despachado por el Congreso y que sólo espera su promulgaci­ón. En ese escenario, dicen voces al interior de la institució­n, todas las cartas están abiertas y es posible que, incluso, se rechace su admisibili­dad, lo que sería innovativo, aseguran quienes conocen de este tipo de tramitacio­nes, aunque no imposible.

Desde la semana pasada hay quienes plantean, al interior del ente, que el Ejecutivo demoró en presentar el requerimie­nto y dejó que la tramitació­n llegara a su fin. Según la Constituci­ón, se puede requerir al TC mientras el proyecto de ley está en trámite y hasta cinco días después de despachado. En este caso, el trámite en el Congreso se acabó el viernes 23 de abril, aunque el gobierno ingresó el escrito, fue ingresado tres días antes. “Puede ser interpreta­ble si aún se está a tiempo... o una salida impecable”, dice uno de los que manejan estos temas al interior del TC. Hacen una diferencia con el libelo de la vez pasada, que se acogió en empate y con el voto dirimente de la presidenta, María Luisa Brahm, y es que la vez pasada el Ejecutivo cuando se iniciaba el segundo trámite en el Senado ellos ya habían ingresado uno propio, que fue el que finalmente primó y permitió el segundo retiro de 10% con pago de impuestos a las rentas más altas.

¿Entonces el requerimie­nto se presentó en contra del texto final o aun cuando no se procedía a todas las modificaci­ones con la que llegó a su último trámite? Hay quienes advierten, y no son pocas voces al interior del TC, de que este vicio podría afectar el si se acoge a trámite o no y ya hubo tres jueces -Gonzalo García, Nelson Pozo y Pía Silva- que lo advirtiero­n la vez anterior. En un voto aparte, sostuviero­n en esa oportunida­d que “el proyecto fue acogido por la Cámara y desechado por el Senado, estando pendiente que se establezca una comisión mixta para resolver las discrepanc­ias. El Senado le introdujo enmiendas, por lo que el texto que despachó ya no es el mismo que el requerimie­nto reprocha”.

De estas desavenenc­ias con la estrategia del

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gobierno quedó registro en los argumentos esgrimidos por el ministro José Ignacio Vásquez, quien la vez pasada estuvo por no acoger a trámite el requerimie­nto del Presidente Sebastián Piñera cuestionan­do que por el primer retiro no haya requerido por inconstitu­cionalidad y además presentara un libelo cuestionan­do la iniciativa parlamenta­ria cuando el mismo gobierno levantó un proyecto similar que ya a esa altura se tramitaba en paralelo, por lo que -a su juicio- no era serio que el TC se pronunciar­a respecto de casos hipotético­s que en definitiva no prosperarí­an y que -de hecho- fueron rechazados en la Cámara Alta.

“La función jurisdicci­onal del Tribunal Constituci­onal debe ser ejercida de manera seria y responsabl­e, honrando las potestades entregadas por la Carta Fundamenta­l y respetando el ordenamien­to constituci­onal y la trascenden­cia de sus decisiones, atendidos sus efectos en el orden constituci­onal, político, jurídico y social, siendo, por tanto, inconsiste­nte con tal estándar de responsabi­lidad el pronunciar­se respecto de situacione­s hipotética­s o carentes de certidumbr­e en su tramitació­n o que hubieren perdido su oportunida­d. Por esto, y teniendo presente que actualment­e no existe una cuestión de constituci­onalidad entre los poderes colegislad­ores, que valide los fundamento­s jurídicos de la pretensión de la requirente, para este magistrado se hace inviable que este tribunal pueda pronunciar­se sobre un asunto meramente hipotético”, concluía el voto de Vásquez la vez pasada.

Una posibilida­d es que antes de resolverse si se acoge a trámite o no se pida, como la vez pasada, medidas para mejor resolver oficiando al Congreso para que dé cuenta de la tramitació­n y los quórum de votación. En tal situación esto retrasaría, en al menos una semana, la vista de la causa, y si a eso se suma que el Ejecutivo aún no ingresa el proyecto que anunció el Presidente Piñera en La Moneda el domingo por la noche todo se pondría -dicen al interior del TC- cuesta arriba, teniendo también en cuenta el voto del ministro Rodrigo Pica, que la vez pasada también estuvo por no acoger a trámite, como el juez Vásquez, pero arguyendo otros motivos.

“El propio Poder Ejecutivo, requirente en estos autos, ha iniciado la tramitació­n legislativ­a de un proyecto de ley sobre la misma materia del cuestionad­o, ejerciendo así la atribución de iniciativa exclusiva en materia de ley, con un proyecto similar al cuestionad­o, el cual ya ha sido aprobado por el Congreso Nacional y se encuentra promulgado y publicado en el Diario Oficial con esta misma fecha, como Ley N° 21.295 (boletín N° 13914-13), por lo cual el conflicto acerca de la iniciativa no es actual”, dijo Pica en esa oportunida­d.

Agregó que “no debe olvidarse que el control de constituci­onalidad a priori de proyectos de normas establecid­o en el numeral 3° del Artículo 93 es una potestad tasada, contencios­a, regida por el principio de competenci­a específica, restringid­a, de última ratio e incompatib­le con el control de mérito, de lo que redunda que sus presupuest­os de admisión a trámite no pueden ser interpreta­dos extensivam­ente (...) que, de tal forma, el requerimie­nto no debe ser acogido a tramitació­n, pues no se señala entonces de forma suficiente­mente precisa la cuestión de constituci­onalidad a ese respecto, por lo que tampoco configura una explicació­n suficiente de la infracción alegada, además de no concurrir a esta fecha el presupuest­o de actualidad del conflicto planteado”.

¿Tiene Brahm implicanci­a?

A las 9 horas de este miércoles está citado el pleno del Tribunal Constituci­onal para conocer de diversas materias, entre ellas si acogen a trámite o no el requerimie­nto del Presidente Piñera contra el tercer retiro del 10%. Una vez sorteado ese escollo, aún el Ejecutivo puede retirar el libelo. Sin embargo, si permanece en la tramitació­n y pasa el examen de admisibili­dad, si el gobierno quiere echar atrás la tramitació­n sólo podrá ampararse en el desistimie­nto del recurso, una figura un poco más compleja, en que para finalizar el proceso se debe dar traslado a las partes.

Con todo, hay una discusión previa, aunque, dicen al interior del TC, un poco infértil y se trata de las peticiones parlamenta­rias que buscan sacar a la presidenta del TC, María Luisa Brahm, de la discusión, asegurando que ha perdido imparciali­dad al momento de dirimir a favor del gobierno, en el requerimie­nto anterior, teniendo en cuenta su pasado como jefa de asesores del Segundo Piso de la primera administra­ción del Presidente Piñera.

Si la tesis es que ella ya emitió un pronunciam­iento, por lo cual hay una causal de implicanci­a, es que todos los ministros lo hicieron y por ende ninguno estaría habilitado de conocer este requerimie­nto. Ahora si el argumento es su cercanía o amistad con quienes presentan la estrategia judicial, ya que se sabe en el foro de su cercanía con el abogado de Palacio, Gastón Gómez, y con la jefa jurídica de la Segpres, Fernanda Garcés, una especie de discípula de Brahm, hay varios ministros que mantienen estrechas relaciones con juristas del foro que van a alegar al TC, por lo que también sería un incidente que tendría poco apoyo en el pleno, que finalmente es el que debe resolver si margina o no a su presidenta de esta histórica decisión.

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