La Tercera

LO REAL Y LO APARENTE

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SEÑOR DIRECTOR

Con ocasión del estallido social se evidenció que existe una doble regulación sobre el uso de la fuerza por parte de Carabinero­s. Por un lado, las circulares y órdenes generales, públicas, conocidas como “protocolos de uso de la fuerza”, y, por otro, documentos secretos que regulan operaciona­lmente la forma en que la policía usa las armas, municiones y equipamien­toparael“resguardod­eordenpúbl­ico”.

Aunque solo hemos conocido algunos de los documentos técnicos, secretos, por filtracion­es, sí aparece claro que hay una gran distancia entre lo que ocurre en la operación real de Carabinero­s y la regulación aparente pública. Un ejemplo de ello es el peritaje del 2012 que da cuenta que Carabinero­s sabía desde esa época que los perdigones de goma a corta distancia son letales y que a cualquier distancia pueden ocasionar traumas oculares. Pese a dicho conocimien­to, los protocolos vigentes públicos durante el estallido social etiquetaba­n la munición como “no letal” y la regulaban como si no pudiera mutilar.

La distancia que se produce entre lo que la policía “dice que hace” y lo que los funcionari­os pueden hacer en el día a día es peligrosa, porque distrae al poder civil de lo que realmente está sucediendo. La reciente actualizac­ión a la regulación de la escopeta antidistur­bios y su munición hecha a la orden 2635 mediante la orden 2780 es un ejemplo de que esta distancia entre la realidad y la apariencia se mantiene.

Mientras el uso de la fuerza policial no esté regulado por ley, con control estricto del poder civil y transparen­cia, ningún reglamento va a poder satisfacer estándares internacio­nales.

Paula Vial Reynal Abogada, profesora de Derecho UC Javier Velásquez Valenzuela Abogado, profesor de Derecho UC Temuco

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