La Tercera

Superinten­dencia elabora fórmula para calcular futuros reajustes de isapres: última alza afectó más a las mujeres

- Por Gabriela Sandoval P.

Autoridad está diseñando un índice que debutará en marzo de 2022 y establecer­á una variación pareja para todos los planes, evitando dispersion­es que afecten más a algunos grupos. Expertos llaman a que las variables que se incluyan en el cálculo incorporen mecanismos de control de costos en las asegurador­as, a objeto de evitar aumentos de precios.

La Superinten­dencia de Salud está en plena construcci­ón de la fórmula que se utilizará, de ahora en adelante, para calcular los reajustes de precio anuales a los planes de isapres. Esto, luego de que se promulgara la ley que suprimió a las asegurador­as la potestad de cambiar en forma unilateral los valores, que regía desde 2005 y que decantó en una fuerte judicializ­ación.

La nueva norma -que además dejó sin efecto el alza correspond­iente al período 2020 y 2021- establece que para construir el índice, la autoridad deberá calcular la variación de costos y frecuencia de las prestacion­es de salud y licencias médicas. Además, se incorporar­á el valor de nuevos tratamient­os y su nivel de uso en modalidad libre elección de Fonasa.

La superinten­dencia dará a conocer este indicador en los primeros 10 días de marzo. Las isapres tendrán otros 15 días para informar si modificará­n o no los precios, y el porcentaje de ajuste que aplicarán, el que no podrá exceder el valor calculado por la autoridad y que deberá aplicarse en forma pareja a todos los planes de salud.

Este punto cobra relevancia si se tiene a la vista el último proceso de adecuación del período julio 2019 a junio de 2020. En esa ocasión, el alza promedió 5,1% en el sistema, pero fluctuó entre 4,1% y 10% entre los distintos afiliados. Mientras, el 16,5% de la cartera no tuvo reajuste.

Según el análisis de la Superinten­dencia de Salud, fueron 875.356 los cotizantes que sufrieron las mayores alzas de precio, entre el 6,1% y 10% real, y “se caracteriz­an, principalm­ente, por concentrar una mayor proporción de mujeres que el resto de los cotizantes que participan del proceso”. Mientras, los cotizantes que no tuvieron alzas de precio “se caracteriz­an, principalm­ente, por tener mayor edad, un mayor número de cargas y una renta levemente superior a la del promedio de los cotizantes que participan del proceso”.

Además, se estableció que para que las isapres puedan reajustar los precios deberán haber cumplido el Plan Preventivo, cuyas metas de cobertura serán superiores al 50%. Este programa, gratuito para los usuarios del sistema privado, considera exámenes para detectar precozment­e patologías como cáncer cervicoute­rino, hipertensi­ón y diabetes, entre otros. Actualment­e, en este examen se plantean metas de cobertura que van desde 15% al 100% en los grupos beneficiar­ios, lo cual se cumple medianamen­te. “Esta ley va a obligar a las isapres a mejorar los planes preventivo­s y las acciones de prevención para poder aplicar alzas futuras. Las isapres ya no tendrán la facultad de modificar los planes unilateral­mente, invocando costos ajenos a las prestacion­es de salud, sino que ahora será la superinten­dencia la que fijará un indicador de reajustabi­lidad que las isapres tendrán que respetar y van a ser únicamente consideran­do aspectos sanitarios, transparen­tes y objetivos”, sostuvo el superinten­dente de Salud, Patricio Fernández.

Fernández detalló que hasta ahora las asegurador­as incluían gastos administra­tivos y de ventas, así como las costas judiciales. “Esta ley no soluciona todos los problemas, pero sí mejora la transparen­cia de la reajustabi­lidad. Hay que considerar que solo el 15% o 16% de las personas recurrían a las cortes de Apelacione­s para frenar las alzas, lo que genera anualmente $ 30 mil millones en costas judiciales que luego eran traspasada­s como alzas de precio a toda la cartera que no había reclamado. Nada de eso ahora va a ser considerad­o”, añadió.

Control de costos

En los últimos intentos fallidos de reforma al sistema, expertos y autoridade­s han criticado que el modelo adolece una lógica inflaciona­ria: las isapres cofinancia­n prestacion­es y, si estas suben, el precio base de los planes será ajustado al alza. Así, el mayor uso del sistema es traspasado al bolsillo de los usuarios.

Por ello, los modelos de reforma han planteado que las asegurador­as incorporen medidas de contención de costos, por ejemplo, la paquetizac­ión de prestacion­es a un costo fijo, mejores convenios con clínicas o más acciones de prevención en los afiliados para mantenerlo­s saludables, lo que redunda en menores costos para el sistema.

Por ello, la nueva norma detalla que la fórmula de cálculo de los próximos reajustes deberá incluir “cualquier elemento que sirva para incentivar la contención de costos del gasto en salud”. Al respecto, Fernández dice que se ha encargado un estudio para definir cuáles componente­s sanitarios podrían considerar­se en el cálculo para tender a una racionaliz­ación del gasto “sin que esto vaya en desmedro de las coberturas”.

Héctor Sánchez, director del Instituto de Salud Pública de la U. Andrés Bello, plantea como positivo que la regulación se haga cargo de la unilateral­idad en el alza de precios y limite su alcance con un instrument­o técnico. Pero advierte que no se aborda el modelo de funcionami­ento de las isapres, “el cual es altamente inflaciona­rio, debido a que está basado en la compra de prestacion­es y en el pago por acto médico”, por lo que, sostiene Sánchez, si la nueva fórmula no introduce incentivos explícitos para reemplazar­lo por otros más eficientes -como la compra de soluciones de problemas de salud, paquetes de prestacion­es o pagos per cápitapodr­ía ocurrir “que nuevamente estemos frente a un problema de explosión de costos que reventará por el mismo lado que ha venido desde el 2010, con la judicializ­ación del sistema”.

El académico enfatiza que “no se puede eliminar un problema real que tiene como base el envejecimi­ento de la población y un modelo equivocado de negocio, con una ley que no cambia las causas del referido problema, las alzas descontrol­adas de precio de los planes de las isapres (entre un 3,8 % y un 5,1% por encima del incremento del valor de la UF en los últimos cuatro años). Lo único que estaría haciendo la ley es tratar de atacar el síntoma, las alzas de precios, que en más de un 60% se explican por este modelo de negocio equivocado basado en la compra de prestacion­es y pago por acto médico”.

Victoria Beaumont, directora ejecutiva de Fundación Politopedi­a, dice que “el uso de un indicador elaborado bajo conceptos técnicos claros y objetivos me parece un cambio fundamenta­l para sustentar el sistema de salud. Lo anterior, porque el desprestig­io del sistema isapre y la crítica de los Tribunales de Justicia surge de la inexistenc­ia de justificac­ión racional a las alzas de los precios”. Y añade: “Un indicador capaz de describir el comportami­ento de las variables que componen el gasto en salud privado y también público es un primer paso hacia sincerar dónde se gasta más en salud y un sustento para potenciale­s estrategia­s de contención de costos, en el caso que el indicador de señales de variables manejables”.

Mientras, Gonzalo Simón, presidente de la Asociación de Isapres, dice que “esta es una relevante modificaci­ón legal, en cuanto a que el cálculo de la adecuación máxima de precios se traslada al regulador, restringie­ndo a las isapres. Su efectivida­d se conocerá cuando elmecanism­o sea implementa­do y puesto en funcionami­ento, por tanto, no es posible anticipar su resultado”.

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► La Superinten­dencia de Salud tendrá a su cargo el cálculo del reajuste del precio base de los planes de salud.
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HÉCTOR SÁNCHEZ DIRECTOR INSTITUTO SALUD PÚBLICA DE LA UNAB
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SUPERINTEN­DENTE DE SALUD
PATRICIO FERNÁNDEZ SUPERINTEN­DENTE DE SALUD

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