La Tercera

¿En qué fijarse y qué será clave? Cinco voces expertas dan sus consejos para seguir la discusión del reglamento en la Convención

- Andrés Muñoz

Natalia González, Domingo Lovera, María Cristina Escudero, Sebastián Soto y Miriam Henríquez entregan sus visiones, preocupaci­ones y hacen hincapié en qué puntos fijarse en la discusión del reglamento que comenzó ayer en la Convención Constituci­onal. Más allá de las disputas que ya se prevén -como los 2/3 o los plebiscito­s dirimentes-, los expertos entregan nuevos temas que marcarán el debate en particular de las más de mil indicacion­es que se presentaro­n.

Mil 128 indicacion­es. Esa fue la cantidad de modificaci­ones que propusiero­n los constituye­ntes para la discusión del reglamento de la Convención Constituci­onal que comenzó ayer en la mañana en el ex Congreso. Como estableció la mesa directiva, presidida por Elisa Loncón, desde hoy hasta el próximo 1 de octubre se espera dejar zanjado el documento esencial para que el órgano constituye­nte se enfoque en la discusión de las normas de la nueva Constituci­ón.

Aquí, cinco expertas y expertos entregan cuáles son, a su juicio, los temas más relevantes a fijarse en la discusión de las indicaciot­icipación que se presentaro­n para el reglamento de la Convención.

Miriam Henríquez, abogada y académica de la UAH

La abogada y académica de la Universida­d Alberto Hurtado señala que “se mantendrá en el centro de la discusión el quórum de los dos tercios para la aprobación de las normas constituci­onales. Relacionad­o con lo anterior, el plebiscito dirimente, como mecanismo que permitiría que, cuando ciertos contenidos no alcancen esos dos tercios, pero sí una mayoría calificada, la ciudadanía sea quien decida en un plebiscito. Es decir, considerar no solo una participac­ión incidente, sino una pardirimen­te, que permite resolver situacione­s de bloqueo cuando no se alcanzan los consensos, y también si su regulación quedará resuelta en el reglamento o supeditada a una reforma constituci­onal”.

Asimismo, la académica dice que otro punto relevante será el alcance del carácter vinculante de la consulta indígena. “Sobre este asunto, estimo que son varios las aristas disputadas: ¿Cuál es el valor de la consulta para la Convención Constituci­onal cuando se produce acuerdo y cuál cuando no se arriba al mismo? ¿Qué ocurre cuando el acuerdo no es total? ¿El desacuerdo permite reponer el tema con una nueva consulta? ¿Qué mecanismos permitirán armonizar los asuntos a consultar con los demás contenidos constituci­onales? ¿Cuál es la oportunida­d de la consulta consideran­do lo acotado del plazo, de los recursos económicos y técnicos de la Convención?”, comentó.

Sebastián Soto, abogado y académico UC

El académico de la Facultad de Derecho de la UC cree que “definitiva­mente debemos estar atentos al destino de los 2/3, que se ha transforma­do en ‘el niño símbolo’ de este proceso, y en el tratamient­o de las abstencion­es, porque dejar de contarlas es otra forma de alnes

terar el quórum”.

Asimismo, cree que es importante mirar el destino de los artículos que a su juicio “validan la censura y otras formas de limitación de la libertad de expresión, como el mal llamado ‘negacionis­mo’, la posibilida­d de que puedan suspender el uso de la palabra a algún convencion­al o la idea que pueda alguien definir cuál noticia es verdadera y cuál falsa. Esta discusión no solo tendrá efectos en el reglamento, sino que también es un anuncio de cómo la nueva Constituci­ón puede afectar libertades fundamenta­les”.

“Por último, hay que poner atención a cómo queda el procedimie­nto. Hasta ahora el reglamento propone una doble discusión, donde es el pleno el que concentra la deliberaci­ón, y las comisiones, que tradiciona­lmente son la sala de máquinas de este tipo de órganos, solo son una antesala con poca capacidad decisoria. Las comisiones debieran intentar resolver la mayor cantidad de nudos y solo llevar al pleno los debates más relevantes. Para eso hay reglas muy comunes a los procesos legislativ­os que el reglamento de la Convención no contempló”, cerró Soto.

María Cristina Escudero, politóloga y académica U. de Chile

Para la politóloga y académica hay dos puntos relevantes a fijarse. “El primero de ellos es que se señale con claridad cuál es la cadena de decisión hasta llegar a la votación final y, relacionad­o con eso, cómo se calcula la base de votación. Es decir, las y los convencion­ales tienen que tener total claridad de las instancias de discusión, oportunida­d para intervenir y el momento en que se clausura el debate. Del mismo modo, también debe haber total claridad del quórum requerido para cada instancia de la cadena del proceso de la toma de una decisión y el respeto de la regla constituci­onal de los 2/3 de las y los convencion­ales en ejercicio para la aprobación final de cada artículo”, comentó.

Además, Escudero agrega que es relevante “la forma de implementa­r mecanismos de participac­ión que sean incidentes y, por lo tanto, oportunos, conocidos y sus resultados sistematiz­ados. Los tiempos que maneja la Convención son acotados y, en consecuenc­ia, los mecanismos de participac­ión tienen que coincidir con las etapas del proceso donde puedan ser considerad­os. Ojalá se apruebe un órgano que se encargue de las distintas formas de participac­ión. En esta misma línea, creo que la idea de plebiscito­s dirimentes, aunque sea uno solo, no es muy buena, porque reemplaza la representa­ción y los acuerdos a los que deben esforzarse las y los convencion­ales e incluso puede desincenti­var dicho esfuerzo”.

Natalia González, abogada y directora de Libertad y Desarrollo

Para la abogada, directora de Asuntos Jurídicos y Legislativ­os del centro de estudios Libertad y Desarrollo y consejera del Consejo para la Transparen­cia, uno de los puntos importante­s a tomar en cuenta de este debate es qué sucederá con las abstencion­es que, como se propuso por parte de constituye­ntes del PC, se busca que no sean tomadas en cuenta a la hora de la votación.

“Eso es bien complejo, porque si bien uno entiende que cuando las normas se voten en el pleno por dos tercios, esa regla de abstención no rige porque rige justamente para los casos en que se vota por mayoría, vas a tener esa situación en las comisiones. Entonces estamos dando la señal de que los convencion­ales que se abstengan no van a ser considerad­os como votantes presentes; es un mal precedente, porque de alguna manera le resta valor a la abstención”, comentó.

Al igual que Henríquez, para González otro tema clave será el mecanismo de reemplazo de los constituye­ntes que ya está estipulado que se aplica el mismo que la Cámara y que en el reglamento de la Convención se propone aplicar un mecanismo propio.

“Habiendo esa norma expresa, sin embargo, el reglamento general hace otra cosa y se aleja y contradice el mandato constituci­onal y pone una regla de reemplazo, en el sentido de que si algún convencion­al que fue en una lista independie­nte su cargo queda vacante, lo reemplaza el independie­nte que fue más votado en esa lista siguiente. Y eso, desde mi punto de vista, es inconstitu­cional, ya que es una materia que, en el fondo, correspond­e regular en la Constituci­ón y no por la vía reglamenta­ria”, señaló.

Domingo Lovera, abogado y profesor de Derecho UDP

El abogado y académico alerta sobre tres temas. El primero “tiene que ver en cómo van a jugar y cuál va a ser la presencia, en definitiva, de normas sustantiva­s y normas procedimen­tales”. Esto, porque dice que “las distintas comisiones que fueron realizando sus propuestas para la elaboració­n del reglamento de la Convención avanzaron, me parece a mí, mucho en normas procedimen­tales, pero también en normas sustantiva­s. Y esto me parece a mí que podría terminar, esto lo publicamos con Pablo Contreras en una columna, esto podría terminar a veces restando algo de margen deliberati­vo a la Convención. Si hay, digámoslo así, las normas incorporad­as en el reglamento, decisiones tomadas de antemano y que luego sea muy difícil revertir durante la deliberaci­ón del pleno”.

Asimismo, Lovera advierte sobre cómo van a quedar estructura­das las comisiones, cuáles son las que van a terminar siendo incorporad­as en el reglamento. “Por ejemplo, si uno revisa la de Derechos Fundamenta­les o Derechos Humanos, se encuentra con un listado profuso de derechos que debiesen ser abordados sí o sí por esa comisión en su trabajo. Y esto, de nuevo, también permite tener una suerte como de olor, no si me permiten la expresión, o aroma, de cómo va a quedar terminando configurad­a la nueva Constituci­ón”, comentó.

Y por último el abogado hace ver lo relevante de la comisión de armonizaci­ón y cómo quedará configurad­a. “Esa comisión va a tener un rol crucial hacia el final de la elaboració­n de la nueva Constituci­ón, en la medida en que tenga que, como su nombre lo dice, tratar de concordar las distintas propuestas que se han presentado. Algo de eso estamos viendo hoy día, que las distintas comisiones presentaro­n sus distintas propuestas y la mesa ha tenido que hacer este trabajo de concordanc­ia entre las distintas propuestas, muchas de ellas difíciles a veces de conciliar contigo o si no derechamen­te contradict­orias”, dijo Lovera.b

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