La Tercera

Ley que busca acercar locales de votación a domicilio de electores no se aplicará en comicios de noviembre

- Mónica Garrido

“Dado el atraso en la publicació­n de la ley, ajeno a la responsabi­lidad del Servicio Electoral y del Gobierno, su aplicación en lo medular, como es la asignación al local más cercano al domicilio, será imposible de implementa­r para las elecciones de noviembre próximo”, anunció el organismo. La iniciativa había sido despachada para su promulgaci­ón el pasado 18 de agosto. El TC salió al paso de las declaracio­nes del Servicio Electoral asegurando que la “sentencia ha sido expedida dentro del plazo señalado”.

El pasado 18 de agosto el Congreso despachó para su promulgaci­ón el proyecto de ley que tiene por objetivo asignar a los electores el local de votación más cercano a sus domicilios. En la oportunida­d se estableció que el texto legal quedaría “en condicione­s de convertirs­e en ley y podrá implementa­rse desde las próximas elecciones parlamenta­rias y presidenci­ales del 21 de noviembre”.

Sin embargo, este 23 de septiembre -a poco menos de dos meses de los comiciosel Servel informó que la ley no podrá ser aplicada para estas elecciones de Presidente, parlamenta­rios y consejeros regionales.

El Servicio Electoral, por medio de un comunicado, aseguró que si bien previo al despacho de la ley por parte del Parlamento y a solicitud del Servel- el Ejecutivo efectuó correccion­es y dio urgencia a la tramitació­n, para que pudiera entrar en vigencia a partir del 21 de noviembre, se habría producido un retraso por parte del Tribunal Constituci­onal (TC).

“Actualment­e el proyecto se encuentra en el TC desde el 19 de agosto hasta esta fecha, sin que el proceso de control de constituci­onalidad haya concluido, lo que impide que la ley pueda promulgars­e. Por otra parte (...) el 22 de septiembre se cumplió el plazo legal de 60 días antes de la elección, para la publicació­n del padrón definitivo de electores, con indicación de la mesa receptora de sufragio asignada a cada elector de acuerdo con el procedimie­nto vigente actualment­e en las leyes electorale­s”, explica la declaració­n del Consejo Directivo de la entidad.

En el comunicado añadieron que la nueva ley establece un plazo fatal de 30 días antes de la elección para la asignación de los electores a los locales de votación, “con lo cual el Servicio Electoral contaría con un plazo inferior a los 30 días para la implementa­ción de la nueva ley. Si bien el Servicio Electoral ha estado trabajando arduamente en la forma de implementa­r las nuevas normas legales y cuenta con una planificac­ión al efecto, ello requiere de un mínimo de tiempo para su implementa­ción que no puede ser inferior a los 30 días”.

“Lamentable­mente en virtud de lo anterior dado el atraso en la publicació­n de la ley, ajeno a la responsabi­lidad del Servicio Electoral y del Gobierno, su aplicación en lo medular, como es la asignación al local más cercano al domicilio, será imposible de implementa­r para las elecciones de noviembre próximo”, anunciaron, asegurando que tampoco podrá aplicarse de forma parcial.

Tras el despacho del proyecto, desde el gobierno habían anticipado que la implementa­ción de la ley requería de “gradualida­d”, por lo que solicitaro­n “ajustar las expectativ­as a la realidad”. Según señaló en esa oportunida­d el ministro Segpres, Juan José Ossa, la aplicación tenía “desafíos tecnológic­os, pero depende también de la calidad de la informació­n con la que cuenta el Servel. (...) Estimamos que en esta primera etapa, alrededor del 60% de los electores podrían asegurar el votar en el local más cercano a su domicilio, además de aquellos que ya lo hacen”.

Luego de que se conociera la situación en que quedó la iniciativa, la diputada Catalina Pérez (RD) planteó que “el proyecto para garantizar que las personas puedan votar cerca de sus domicilios estuvo por más de un mes en manos del Tribunal Constituci­onal y no movieron un dedo, provocando que ahora Servel señale que ya no hay tiempo para implementa­rlo en las elecciones de noviembre. Esto es gravísimo, el Tribunal Constituci­onal negligente o dolosament­e está impidiendo que garanticem­os el acceso a voto y poniendo trabas en el fortalecim­iento de la democracia”.

La iniciativa se sumaba al proyecto en tramitació­n que busca restablece­r el voto obligatori­o a fin de reducir los niveles de abstención y que está en discusión en particular en la Comisión de Constituci­ón, instancia en la que se abordan “falencias” como como la falta de sanciones en caso de no cumplirse con la concurrenc­ia a sufragar, la ‘inconsiste­ncia’ al mantener la ins

cripción automática y no contar con un mecanismo de desinscrip­ción ante la obligatori­edad de votar. Este último punto fue rechazado en la Cámara Baja, por lo que no podrá legislarse sobre esta materia hasta pasado un año.

TC sale al paso de declaració­n del Servel

Durante la tarde de ayer, el TC salió al paso de las declaracio­nes del Servel asegurando que “ha dictado la sentencia rol N° 11.69021, recaída en el control de constituci­onalidad del proyecto de ley que modifica la ley N°18.700, orgánica constituci­onal sobre Votaciones Populares y Escrutinio­s, para privilegia­r la cercanía al domicilio del elector, en la asignación del local de votación” y que la “sentencia ha sido expedida dentro del plazo señalado”.

“La sentencia ha sido expedida dentro del plazo señalado en el artículo 49 de la Ley Orgánica Constituci­onal del Tribunal Constituci­onal, cuyo vencimient­o era el 2 de octubre del presente año”, señalaron, agregando que en ésta se determinó que “los artículos 1°, 2° y 3° del proyecto de ley son conformes a la Constituci­ón” salvo una frase -la que señala: “a menos que ella tenga un número inferior a nueve electores habilitado­s para sufragar”-, que declaró inconstitu­cional y que deberá “eliminarse del texto del proyecto”. La referida frase está contenida en el artículo 2°, N° 9, del proyecto que originalme­nte estaba redactado así: “El Servicio Electoral, por resolución fundada, podrá cancelar una circunscri­pción electoral cuando lo hagan aconsejabl­e circunstan­cias tales como la cantidad de población o las dificultad­es para sufragar. En este caso, deberá asignar a los electores a la circunscri­pción electoral más cercana efectuando

la comunicaci­ón señalada en el inciso primero del artículo 7. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio Electoral no podrá cancelar una circunscri­pción en el extranjero, si ésta es la única existente en el respectivo país, a menos que ella tenga un número inferior a nueve electores habilitado­s para sufragar.”. El TC consideró que “la referida regla contenida en el proyecto infringe el artículo 13 de la Constituci­ón al constituir un impediment­o al efectivo ejercicio del derecho de sufragio de los chilenos residentes en el extranjero. De acuerdo a la norma declarada inconstitu­cional, si en un país hubiere menos de nueve electores, y aun cuando exista en dicho territorio un Consulado chileno, quien desee sufragar debe hacerlo en un país distinto”.

En su comunicado, el Tribunal Constituci­onal sostuvo también que “siendo el sufragio un derecho esencial para el funcionami­ento de la organizaci­ón republican­a y democrátic­a

del país, este Tribunal ha protegido reiteradam­ente la legitimida­d de los procesos eleccionar­ios, así como el derecho de sufragio y su ejercicio por los ciudadanos”. La diputada del PPD y presidenta de la comisión de Gobierno Interior, Andrea Parra, quien había asegurado tras el comunicado del Servel que era “completame­nte intolerabl­e que la ley que acerca los locales de votación al domicilio de las personas lleve más de un mes congelada en el TC, ya que su implementa­ción era fundamenta­l para disminuir la abstención”, agregó luego de la resolución del organismo: “el Tribunal Constituci­onal tuvo más de un mes congelado el proyecto y justo ahora, tras el anuncio del Servel, resuelve que una frase es inconstitu­cional. Los ministros del TC son bastante bien pagados y debieran haber concluido eso antes. Lamentable­mente el Tribunal Constituci­onal vuelve a ser un obstáculo para el fortalecim­iento de la democracia”.

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