La Tercera

AUDIENCIAS TELEMÁTICA­S

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SEÑOR DIRECTOR

Hace pocos días, apareció publicada en este medio una carta de Francisco Bravo, presidente de la Asociación Nacional de Fiscales, respecto de la futura realizació­n de audiencias en procesos penales, donde existen dos posturas: la primera, es continuar, a todo evento, con las audiencias telemática­s, aumentando las posibilida­des de acceso para la ciudadanía, entre otras bondades que describe. La segunda, según él, solo avalada por los defensores públicos, consiste en restringir la realizació­n de este tipo de audiencias, autorizánd­olas solo si todos los intervinie­ntes están de acuerdo, y excluyendo las audiencias de juicio oral.

Al respecto, creemos que el señor Bravo olvida que la postura sostenida por los defensores públicos es aquella que fue propuesta por el Senado durante la actual tramitació­n en el Congreso, de las normas respectiva­s que permitirán continuar la tramitació­n de las causas en el período post pandemia; parece que tampoco considera que comunicars­e sin obstáculos con su defensor o defensora es un derecho consagrado en la Constituci­ón Política de la República y tratados internacio­nales, y que el derecho a examinar directamen­te a testigos, peritos o a la víctima es una garantía judicial fundamenta­l de toda persona, consagrada en el art. 8.2.f de la Convención Americana de Derechos Humanos; y por último desatiende las sentencias del Tribunal Constituci­onal, que han señalado que los juicios orales llevados a cabo en forma telemática atentan contra garantías fundamenta­les del procesado.

Finalmente, debemos considerar que por vulnerabil­idad o no acceso a tecnología­s, sea por analfabeti­smo digital o falta de recursos y medios, o a una conexión de calidad, muchas personas caerán en condicione­s de desigualda­d en el acceso a la justicia y estas diferencia­s no aseguran el debido proceso. Estimamos que no podemos sacrificar derechos en aras de supuestos criterios de eficiencia y eficacia, convirtien­do en regla general, herramient­as reñidas con derechos humanos procesales, que se usaron en un período de excepción.

Pablo Sanzana Fernández

Presidente

Asociación de Defensores y Defensoras Penales Públicos

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