La Tercera

Plazos fatales

- Por Gonzalo Cordero

Para quienes estudiamos Derecho, pero especialme­nte para quienes han dedicado su vida a la tan maravillos­a como incomprend­ida profesión de la abogacía, el concepto de plazo tiene un significad­o muy especial. Es que a los abogados se nos enseña que no basta con cumplir una obligación, sino que ello debe hacerse en tiempo y forma, porque ambos requisitos no son algo accesorio o anexo, sino que constituye­n elementos esenciales de muchas obligacion­es.

Así ocurre también en el ámbito de lo público y, por cierto, en la democracia, ya que el mandato de las autoridade­s democrátic­as está asociado a un plazo y a ejercerse cumpliendo ciertas formalidad­es. Esto, que parece tan simple, es tan esencial que lo llamamos estado de derecho, puesto que de aquí deriva la responsabi­lidad de quienes ejercen el poder público.

Recuerdo estos principios básicos a propósito de que ya se advierte que será muy difícil, si es que no imposible, que la Convención Constituci­onal cumpla con su encargo de proponer un nuevo texto de Carta Fundamenta­l en el plazo que tiene asignado, lo que justificar­ía que dicho término se amplíe, porque -se dice- es más importante tener una buena propuesta que cumplir el plazo. Pero eso es olvidar que la democracia es un sistema de reglas que tiene como finalidad evitar el ejercicio discrecion­al del poder y que entrega el control del cumplimien­to de las reglas a una serie de institucio­nes, así como la evaluación del mérito de la gestión de las autoridade­s a los ciudadanos; que el cumplimien­to de los límites del poder sea “conversabl­e” entre quienes lo ejercen, es inaceptabl­e para esta misma ciudadanía.

A los chilenos se nos consultó si queríamos que una Convención redactara una propuesta de nueva Constituci­ón, dentro del plazo máximo de un año; aunque yo voté rechazo, la mayoría estuvo de acuerdo, razón por la cual tenemos una Convención Constituci­onal con un año para cumplir su encargo. Si alguien quisiera acortar dicho período, expresaría mi oposición a esa pretensión con la misma convicción que la expreso a que se le extienda. Es que me enseñaron que las obligacion­es se cumplen “en tiempo y forma”. ¿Qué pensaríamo­s si el Presidente Piñera hubiera dicho que la pandemia dificultó mucho su gobierno, así es que sería razonable que se le extendiera su periodo por un año al menos para poder hacer todo lo que comprometi­ó? A eso lo llamaríamo­s, y con razón, intento de golpe de Estado.

El encargo de los convencion­ales expira en un año y si los chilenos quisiéramo­s darle un nuevo encargo, porque no son capaces de cumplir el que se les dio, a lo menos se requeriría otro plebiscito.

Leo que Patricia Politzer, por quien siento el mayor respeto y aprecio, dice que: “me cuesta imaginar que los nuevos senadores terminen un periodo de ocho años”. Cosa curiosa, a mí me cuesta imaginar lo contrario, porque me cuesta imaginar tamaña amenaza a mi seguridad y libertad.

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