INICIATIVA POPULAR DE NORMA
SEÑOR DIRECTOR
Son muchos los sueños y anhelos depositados en la Convención Constitucional, y uno de ellos es la posibilidad de superar décadas de democracia protegida. Muestra de aquel cambio político simbolizado en la ruta constituyente es la posibilidad de ingresar iniciativas populares de normas, mediante las cuales una persona o grupo de personas puede presentar una propuesta de texto, debiendo alcanzar quince mil firmas para ser discutida, votada y eventualmente incorporada en la nueva Constitución.
A la fecha se han ingresado 1.115 iniciativas, de las cuales solo ocho ya han superado las quince mil firmas; y de éstas, las con mayor respaldo ciudadano son más bien propuestas de corte conservador, a contrapelo de lo expresado en las calles de Chile, y reflejo de las brechas sociales, educacionales, económicas, culturales y, en la actualidad, digitales. Quienes suscriben propuestas son en general aquellas personas que gozan de mayores privilegios, por consiguiente, su finalidad se distorsiona.
El proceso de ingreso de nuevas iniciativas culmina la próxima semana, y solo aquellas que logren el mínimo de patrocinios ciudadanos hasta 1 de febrero podrán ser analizadas, debatidas y votadas; proceso deliberativo en el que, además, podrían no ser aprobadas o aprobadas en un tenor diverso al propuesto.
Los mecanismos de participación directa son excelentes herramientas de incidencia ciudadana efectiva, pero están inmersos en un sistema representativo, en el cual es a los elegidos popularmente a quienes les corresponde deliberar, de lo contrario, estaríamos frente a mandatos ciudadanos directos y obligatorios, propios de una compleja democracia directa. Aquello debe ser debidamente informado a la ciudadanía, con la finalidad de mantener la esperanza, pero ajustada a los parámetros del proceso constituyente.
Leslie Sánchez Lobos
Doctora en Estado de Derecho y Gobernanza