EXPLOTACIÓN DEL LITIO
SEÑOR DIRECTOR
En la Constitución se establece que la exploración y explotación de los yacimientos que contuvieren sustancias no susceptibles de concesión, como el litio, pueden ejecutarse directamente por el Estado o por sus empresas, o por medio de concesiones administrativas o de contratos especiales de operación. En el caso de los operadores actuales, SQM y Albemarle, tienen plazo de explotación hasta 2030 y 2043 respectivamente, según lo acordado durante la segunda administración Bachelet.
El debate actual se refiere a si el valor de estos recursos se maximiza para su dueño, esto es el Estado de Chile, vía contratos con terceros o por operación estatal directa. Esto es similar a la discusión sobre si una obra pública debe realizarse vía concesión o debe construir directamente el Estado, y de hecho hace unos años, el gobierno de ese momento, paralizó la construcción de varios hospitales que están bajo el sistema de concesión.
La idea de crear una empresa estatal del litio no es económicamente eficiente, ya que obligará al gobierno a destinar cientos de millones de dólares en inversión y asumir los riesgos respectivos. Esos recursos usados para esa inversión compiten con todos los demás proyectos de inversión que tiene el gobierno y, sin duda, varios de ellos con una rentabilidad social muy superior. De hecho, antiguamente, gran parte del presupuesto del MOP era usado en mantención de la Ruta 5. En la actualidad, el sistema de concesiones ha liberado esos recursos para otras obras prioritarias.
Así, al realizarse con cálculos en Excel, algo no muy popular ahora, es posible apreciar rápidamente que la maximización del valor para el dueño es seguir el camino de la licitación y atracción de nuevos inversionistas. Todo esto antes de que una nueva tecnología desplace al litio.
Tomás Flores
Economista Libertad y Desarrollo