La Tercera

DERECHO A UN MÍNIMO VITAL

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SEÑOR DIRECTOR

La Iniciativa Popular de Norma N°18.666, sobre derecho a un mínimo vital y renta básica universal (RBU) llamó la atención del profesor I. Irarrázava­l de la UC. La necesidad de mejorar las formas de provisión de bienestar a la población mediante la política social en Chile es un diagnóstic­o compartido. Sin embargo, diferimos en el enfoque y conclusion­es.

El sentido de incorporar el derecho a un mínimo vital en la Constituci­ón busca trazar un fin y abrir un camino posible a seguir. Si queremos que la pobreza se termine, determinem­os el fin, el camino a seguir y después los números. Si queremos seguir administra­ndo la pobreza, podemos quedarnos en los costos económicos de la RBU y no incluirla en la Carta Magna, omitiendo que esa pobreza estructura­l acarrea marcas permanente­s y todavía mayores costos sociales.

Siempre es posible reinterpre­tar los hechos y evidencia, y estamos atentos a conocer los resultados de las investigac­iones en curso mencionada­s en su carta. No obstante, los costos indirectos de la gestión de la política social actual requieren ser revisados y evaluados en relación con su mermado alcance en términos de impacto. La pandemia mostró las limitacion­es de la focalizaci­ón y las transferen­cias condiciona­das. Aun así, el IFE Universal también abrió la posibilida­d de un sistema que alcance a toda la población, produciend­o un efecto contundent­e en desestigma­tizar la política social y entenderla como un derecho. Hoy tenemos claro que el vivir de manera digna es una responsabi­lidad a garantizar­se de manera colectiva. La invitación es a seguir buscando una base constituci­onal que articule la política social. Nuestra apuesta es por la consagraci­ón del derecho a un mínimo vital.

Cristóbal Ramos

Red Chilena de Ingreso Básico

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