La Tercera

ESTADO DE BIENESTAR Y Constituci­ón

- Por Ernesto Ottone

En un conversato­rio sobre derechos humanos en la Universida­d de California, el Presidente de Chile, Gabriel Boric, al exponer acerca de cuál es la aspiración de su gobierno señaló: “Queremos construir un Estado de bienestar del siglo XXI. Chile tiene la posibilida­d de ser atractivo para el mundo”.

Lo del siglo XXI resulta de toda lógica, no podría ser del siglo XX, porque ya estaría construido, ni tampoco del siglo XXII, porque sería la aspiración de un profeta más que la de un político. Lo del atractivo de Chile es mejor tener un poco de prudencia y esperar que los halagos vengan desde más lejos.

Al compromete­rse con la construcci­ón de un Estado de bienestar, lo hace con un concepto que tiene elaboració­n teórica y práctica histórica, recorridos diversos, momentos de grandes logros y también de crisis, diferencia­s y puntos en común, elementos que se han mantenido por muchos años y otros que han debido cambiar y adecuarse al surgimient­o de nuevas problemáti­cas y evolucione­s económicas, culturales y políticas. Incluido, nada menos, que el paso de la sociedad industrial a la sociedad de la informació­n.

En la literatura se encuentran versiones de diversas exigencias para calificar a un Estado como Estado de bienestar y no pocas confusione­s respecto a sus elementos constituti­vos, conviene por tanto aclarar de qué estamos hablando.

No estamos hablando de sus versiones embrionari­as como las de la Alemania de Bismark en el siglo XIX, ni de la República de Weimar posterior a la Primera Guerra Mundial, tampoco de los aspectos socialment­e compasivos de regímenes dictatoria­les, ni de las diversas formas de populismos nacionalis­tas, como tampoco de las grandiosas aspiracion­es estampadas en muchas constituci­ones latinoamer­icanas, desde la Revolución Mexicana hacia adelante, que no lograron cuajar sino en muy pequeñas dosis, muchas veces. Cuando más grandilocu­entes son esas declaracio­nes, más lejos está el bienestar social de esas realidades.

Pese a todo su enorme mérito anticipato­rio, el “New Deal” del Presidente Roosevelt no alcanzó, a mi juicio, a consolidar un Estado de bienestar propiament­e tal, sino una extensa red de protección social que tuvo un fuerte avance posteriorm­ente, en los años 60.

En los países que no han alcanzado aún el desarrollo se ha logrado, cuando más, establecer determinad­os niveles de protección social. En ninguna parte han logrado ir más allá.

Dejo de lado las experienci­as totalitari­as del fascismo y del socialismo revolucion­ario, que han resultado, sin excepción alguna, un doble fraude, tanto en el terreno de la libertad como en el de la igualdad.

En verdad, quién sabe si con la excepción de Suecia, que comienza su construcci­ón del Estado de bienestar muy precozment­e, en 1932, bajo los gobiernos sucesivos de la social democracia, la concepción del Estado de bienestar es producto de las lecciones adquiridas en torno a la Segunda Guerra Mundial en Europa.

Surge en un continente destruido en buena parte por la guerra, que ha vivido experienci­as de horror, genocidios y nacionalis­mos agresivos, ausencia de democracia y enormes desigualda­des sociales.

Nace en sociedades que no quieren repetir la experienci­a de un laissez-faire salvaje en su base económica ni caer bajo el dominio totalitari­o del comunismo.

No es casualidad que entre sus padres se encuentren los liberales progresist­as británicos Maynard Keynes, William Beveridge y T.H.Marshall.

Se trata entonces de un intento por conjugar la libertad de un sistema político democrátic­o y pluralista con una economía de mercado regulada y una sociedad más igualitari­a.

Se trata de abrir todas las posibilida­des para que las personas puedan expandir sus talentos y desarrolla­r sus méritos, independie­ntemente de su origen social, pero al mismo tiempo de asegurar estos accesos. Se trata de garantizar que aquellos con menos patrimonio genético e incluso menos méritos no atraviesen la intemperie de la indignidad, asegurando mínimos sociales que permitan a todos los humanos vivir con decoro.

El Estado de bienestar no se basa en una teoría revolucion­aria, es una concepción reformador­a; no impulsa la lucha de clases, sino que busca resolver los conflictos sociales institucio­nalmente a través de reglas democrátic­as. Requiere de una economía dinámica, porque la protección social a la cual se compromete no es gratuita, requiere de la creación de riqueza y del espíritu contributi­vo.

Para distribuir y asegurar la salud, la educación, la seguridad social y la existencia de buenos servicios sociales, se requiere generar un financiami­ento adecuado.

Las formas de estas proteccion­es varían en la experienci­a nórdica, en la experienci­a continenta­l, en la anglosajon­a y en la mediterrán­ea.

En cada una de ellas es diferente el rol del Estado, el nivel de mixtura entre lo público y lo privado, en quienes son los proveedore­s de los servicios, las formas de contribuci­ón social y los niveles distributi­vos, pero en todas ellas el nivel de vida es más igualitari­o y la pobreza es menor que en el resto del mundo.

Son países cuyo sistema político es la democracia liberal, donde hay una separación equitativa de los poderes del Estado, con equilibrio­s y contrapeso­s del poder, con autonomías tendientes a fortalecer y no a debilitar el Estado, con un compromiso sin complejos por mantener la seguridad ciudadana y la paz social.

En todos ellos el monopolio de la fuerza está en manos del Estado y solamente en manos del Estado, y sus ciudadanos combinan sus identidade­s abiertas con un” nosotros” propio del Estadonaci­ón.

Sus constituci­ones políticas reflejan esa realidad. El tener constituti­vamente una vocación social no significa imponer un signo doctrinari­o.

Ello no las hace sociedades perfectas. ¡Lejos de ello! Como en toda sociedad humana, hay quienes se saltan las reglas y en ellas se cometen injusticia­s. Las hace solo sociedades mejores.

El proyecto de texto constituci­onal en Chile, hoy “armonizado y temporaliz­ado”, en el cual se describe nuestro Estado como un Estado social, usándolo como equivalent­e al de bienestar, quizás con algo de pimienta retórica, no calza del todo con el espíritu del Estado de bienestar que hemos descrito. Tampoco constituye una propuesta completame­nte antagónica, pero está animada de una visión doctrinari­a avasallado­ra y de un acento partisano que la recorre enterament­e.

Hay quienes piensan que se podrá navegar correctame­nte en democracia en una nave construida con maderas torcidas e ir enderezánd­olas durante la navegación.

Con una lógica más exigente se puede pensar que resulta mucho mejor enderezarl­a antes de empezar a navegar.

Lo único que hace menos dramática esta disyuntiva es que las constituci­ones políticas en la vida y en la historia de los países tienen un peso menor al que se les supone. Son ellas, finalmente, las que se deberán acomodar a los pueblos y no a la inversa.

Claro, en el intertanto se podrán producir muchos dislates, porque a veces las cosas toman su tiempo…

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