La Tercera

IVA A LOS SERVICIOS PROFESIONA­LES

-

SEÑOR DIRECTOR:

El 01 de enero de 2023 comienza a regir la Ley 21.420 lo que implica que los servicios profesiona­les estarán afectos a IVA.

Lo que no ha aclarado el Servicio de Impuestos Internos es qué ocurre con aquellos contratos en curso que, por la naturaleza propia de los servicios prestados, están siendo cobrados en cuotas o según cumplimien­to de etapas definidas en el convenio con la contrapart­e.

En este sentido, cabe preguntars­e si es del todo legal para las partes que el saldo remanente de un contrato original no afecto a IVA, luego de la fecha indicada, sí lo esté.

Así también, si para aquellas empresas que prestan servicios a reparticio­nes del Estado y cuyos contratos ya estén en curso, ¿estará éste dispuesto a reajustar en un 19% el saldo por cobrar de dichos convenios?

Al parecer la ley debiera incorporar algún artículo transitori­o para todo contrato en curso y que concluya en fecha posterior a la entrada en vigencia de la ley. No parece razonable que alguna o ambas partes se vean afectadas en sus costos o ingresos.

Por otra parte, tampoco hay definicion­es sobre la disposició­n del Estado a reajustar los saldos por pagar en sus contratos con prestadore­s de servicios o si, de manera alternativ­a, estará abierto a cambiar la persona jurídica contrapart­e ante la evidente necesidad de migrar a una sociedad de profesiona­les exenta.

De no ser así, el prestador del servicio o el mandante se verán gravados con un 19% en todo el saldo por cobrar, lo que será un costo adicional por condicione­s exógenas que no existían al momento del contrato entre las partes.

Fernando Marín Cruchaga

Miembro de la Asociación de Oficinas de Arquitecto­s

SEÑOR DIRECTOR:

Bajo el paraguas de eliminar las “fake news”, el gobierno –suponemos que honestamen­te- se afana por buscar e imponer criterios para determinar la verdad en la interpreta­ción política de los hechos.

El peligro es que, hecha la norma, si un medio de comunicaci­ón se aparta de la versión oficial incurriría en desinforma­ción y, por tanto, debería ser sancionado. Así, la libertad de informació­n pasaría a la UCI, por lo que me temo que los cuidados del sacristán podrían matar al señor cura.

Miguel A. Vergara Villalobos

Newspapers in Spanish

Newspapers from Chile