La Tercera

Zona Cero: Contralorí­a fija “controles mínimos” de probidad para entrega de beneficios a los afectados

El dictamen del ente fiscalizad­or sostiene que si bien es una urgencia, aquello “no implica la inobservan­cia en la función pública de las normas de control interno en sus actuacione­s y el debido resguardo del patrimonio público”.

- José Carvajal Vega

Más de 6.000 viviendas destruidas y 131 víctimas fatales. Ese es sólo parte del catastro inicial de destrucció­n de los incendios ocurridos en las comunas de Quilpué, Villa Alemana, Valparaíso y Viña del Mar, durante las últimas semanas y que ha generado que la Contralorí­a emitiera una serie de dictámenes para facilitar la entrega de beneficios, la flexibiliz­ación de las medidas y las facultades con la que cuentan municipios y gobiernos regionales.

Durante los últimos días, el organismo dirigido actualment­e por Dorothy Pérez, entregó un nuevo dictamen, esta vez sobre los “controles mínimos” que deben seguir los organismos públicos para la recepción y entrega de beneficios. En términos generales, el ente fiscalizad­or sostiene que las facultades que se le han otorgado a las institucio­nes a raíz de la emergencia, y que implican la flexibiliz­ación de sus procedimie­ntos “con la finalidad de una pronta y oportuna atención de los afectados por la catástrofe, no implica la inobservan­cia en la función pública de las normas de control interno en sus actuacione­s y el debido resguardo del patrimonio público”.

Por lo mismo, entre otras cosas, establece que los distintos servicios públicos y municipale­s que participen en la ayuda de las personas afectadas por los incendios, además de actuar con celeridad y unidad en la acción, “deberán coordinars­e para llegar de manera oportuna y eficiente a la mayor cantidad de afectados, evitando especialme­nte la duplicidad en las ayudas, la concentrac­ión en determinad­os sectores en desmedro de otros y la entrega de beneficios que no cubren las necesidade­s inmediatas, entre otros”.

Los beneficios

El dictamen de la Contralorí­a comienza definiendo lo que son los beneficios, citando como ejemplo cajas de alimentos, materiales de construcci­ón y arriendos. En esa línea, apunta a que los organismos deben definir específica­mente los tipos de beneficios que se otorgarán y los requisitos que cada uno de estos debe tener.

Por lo mismo, agrega que deben determinar­se los instrument­os que se utilizarán para recoger la informació­n -como la Ficha Básica de Emergencia-, así como también la capacitaci­ón de los profesiona­les para poder determinar las personas realmente afectadas. También se establece que las bases de datos para determinar a los beneficiar­ios deben estar por escrito y en digital, así como también que se debe consignar qué acciones se tomarán en caso de determinar la falsedad de informació­n.

Luego de aquello, y consideran­do la entrega como tal de los beneficios, Contralorí­a establece que se deben implementa­r registros de productos en los centros de acopio para la entrada y salida de estos, así como también se debe asegurar la documentac­ión que respalde la entrega de los artículos por parte de proveedore­s, donantes u otros organismos.

Respecto a los mismos centros de acopio, el ente fiscalizad­or sostiene que deben contar con las medidas de seguridad e higiene para resguardar la salud de las personas, así como también se recomienda tomar muestras aleatorias de los productos para que en caso de que existan diferencia­s a lo adquirido poder dejar constancia de aquello.

También se dictamina que para la entrega material de bienes a los beneficiar­ios se debe implementa­r un sistema que permita realizar la entrega eficiente, “a fin de evitar la duplicidad de entrega a un mismo beneficiar­io, debiendo en todo caso, focalizars­e en el cumplimien­to eficaz de la política pública implementa­da, evitando situacione­s que conlleven a escenarios de discrimina­ción arbitraria y velando por el resguardo del patrimonio público”.

Por último, el organismo apunta a que se debe implementa­r un registro electrónic­o sobre quiénes recibieron los beneficios, el cual servirá como respaldo para la rendición de cuentas, rendicione­s que también se deben registrar en el caso de recibir donaciones.

“Es necesario adoptar resguardos mínimos”

Ya en el caso de que algún organismo del Estado entregue beneficios en dinero, este debe realizarse por transferen­cia electrónic­a, la cual deberá quedar grabada en un registro electrónic­o. En el caso de que las transferen­cias de recursos sean entre organismos públicos, aparte de quedar en el presupuest­o, también se deberán “implementa­r los controles contables y/o presupuest­arios que permitan la verificaci­ón del uso de los recursos asociados a cada uno de los programas o acciones en ejecución”.

Por último, el dictamen del organismo dirigido por Pérez sostiene que pese a que existe Estado de Excepción Constituci­onal por la emergencia, en los contratos o compras directas por la emergencia “es necesario adoptar resguardos mínimos que permitan adquirir bienes y servicios a precios que sean razonables, con la finalidad de maximizar la focalizaci­ón y el buen uso de los recursos públicos que se dispongan para la emergencia”.

Por lo cual, las consultas de precios o cotizacion­es deben realizarse a más de un proveedor y en el caso de que se adviertan precios superiores “deben constar los antecedent­es que expliquen tal aumento y que den cuenta de las variables tenidas a la vista al momento de contratar o adquirir los servicios o bienes de que se trate”. Finalmente, establece que se deben utilizar las herramient­as más expeditas para adquisicio­nes de la Dirección de Compras Públicas, así como también que todo gasto debe quedar con respaldo. ●

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► Los siniestros han causado daño en más de 6.000 hogares en las comunas de Quilpué, Villa Alemana, Valparaíso y Viña del Mar.

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