La Tercera

EVITAR IMPUNIDAD EN NUEVA LEY DEL SERNAC

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SEÑOR DIRECTOR:

Un reciente ranking del Sernac sobre agencias y aerolíneas destaca un aumento en las cancelacio­nes y reprograma­ciones de vuelos.

Probableme­nte, y por una mala interpreta­ción de la ley, estas estadístic­as presentan un volumen de reclamos menor al real y no consideran los que injustamen­te absorben las agencias de viaje. Se asume que cuando el vuelo afectado fue contratado a través de una agencia, es esta, y no la aerolínea, la que debe responder ante el pasajero, solo por ser intermedia­rias. Eso es una confusión.

La norma aplica al intermedia­rio en la prestación del servicio final. En este caso, la aerolínea, que es la que puede operar el vuelo y cobra por ello. Así, ante una cancelació­n, reprograma­ción o demora en la devolución de tarifa o tasas, el reclamo se debe dirigir contra la aerolínea. A la agencia solo le correspond­e canalizarl­o, pues su rol es facilitar la gestión al pasajero; le ofrece más alternativ­as y facilidade­s de pago, le ahorra tiempo en la cotización, contrataci­ón y en la gestión de la reserva.

Sin embargo, un porcentaje altísimo de reclamos por cancelacio­nes o reprograma­ciones de vuelos es incluido en las estadístic­as de las agencias, y excluido de los que les correspond­en a las aerolíneas, generando una radiografí­a borrosa.

En el proyecto de ley “Sernac te protege”, se propone aumentar la responsabi­lidad de los intermedia­rios, y de ser aprobada así, dejará a los proveedore­s finales de esas ventas o servicios intermedia­dos (aerolíneas) en total impunidad. Y eso no es justo para nadie.

Ximena Castillo Faura Abogada

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