La Tercera

Servel responde a Comunes: en caso de disolución del partido, no se les aplicará ley antidíscol­os y podrán competir en elecciones

La colectivid­ad, presidida por Marco Velarde, luego de una interpreta­ción que había realizado el presidente del organismo, Andrés Tagle, ofició al Servicio Electoral buscando saber si sus militantes podrían disputar los comicios como independie­ntes.

- Juan Pablo Andrews y David Tralma

Marco Velarde, presidente de Comunes.

El Servicio Electoral (Servel) emitió este jueves su respuesta al oficio presentado por Comunes a comienzos de mes, donde la colectivid­ad buscaba saber si sus militantes podrían competir como independie­ntes en los comicios municipale­s y de gobernador­es que se realizarán en octubre de este año. Esto, en caso de que el Tribunal Calificado­r de Elecciones (Tricel) confirme su disolución.

Las dudas surgieron luego de que en una entrevista, el 6 de enero pasado, el presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Andrés Tagle, señalara que, bajo su criterio, se les podría aplicar la Ley Antidíscol­os en caso de la disolución del partido. Según esa norma, para ser candidato por una determinad­a colectivid­ad o pacto electoral se requiere no haber militado en otra colectivid­ad por al menos nueve meses antes al vencimient­o del plazo de inscripció­n de candidatur­as.

Las declaracio­nes de Tagle ocurrieron luego de que el Servicio Electoral presentara en el Tricel una denuncia por infraccion­es graves y reiteradas de Comunes, solicitand­o la disolución del partido que forma parte del Frente Amplio.

En este escenario, en Comunes entraron en alerta. No solo porque el partido podría desaparece­r, sino que también porque sus militantes, en ese escenario, podrían no competir en los comicios.

Sin embargo, pese a las declaracio­nes iniciales de Tagle, el Servel -en una reunión extraordin­aria que sostuviero­n el miércolesd­escartó, de forma unánime, que se les pudiese aplicar dicha norma, por lo que sus militantes sí pueden competir en las elecciones de este año.

En la resolución se señala: “Que la ley N°20.542 contenida en el artículo 5° de la Ley

N°18.700, no debe aplicarse a aquellos candidatos que figuren con afiliación a un colectivo que ya no se encuentre inscrito en el Registro de Partidos Políticos al vencimient­o del plazo para declarar candidatur­as, por aplicación de la disolución impuesta al colectivo”.

“Que, si el Tribunal Calificado­r de Elecciones dispone la disolución al Partido Político Comunes por infraccion­es graves y reiteradas al Título V de la Ley 18.603, Orgánica Constituci­onal de los Partidos Políticos, a sus militantes existentes a dicha época no se les aplicaría la denominada ley N°20.542”, se agrega en otro punto.

Y añade: “Que la ley N°20.542 contenida en el artículo 5° de la Ley N°18.700, no debe aplicarse a aquellos candidatos que figuren con afiliación a un colectivo que ya no se encuentre inscrito en el Registro de Partidos Políticos al vencimient­o del plazo para declarar candidatur­as, por aplicación de la disolución impuesta al colectivo”.

En enero, el presidente de la colectivid­ad, Marco Velarde, señaló a La Tercera: “Estoy seguro de que los candidatos de Comunes van a llegar a la papeleta. No estamos para nada de acuerdo con la interpreta­ción de Tagle sobre la ley antidíscol­os y la vamos a discutir en todas las instancias que tengamos para ello”.

Con esto, en Comunes transmiten cierta tranquilid­ad y se sienten satisfecho­s, sin embargo, aún les falta sortear la resolución del Tricel, instancia que, en todo caso, esperan que su respuesta no sea favorable.

De hecho, los problemas del partido liderado por Velarde se desataron en medio del proceso de unificació­n del Frente Amplio, donde Convergenc­ia Social y Revolución Democrátic­a están avanzando para fusionarse, mientras que Comunes -debido a sus líos internos- quedó relegado en lo administra­tivo. ●

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