La Tercera

IGUALDAD ANTE LA LEY Y LA RUF

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SEÑOR DIRECTOR:

La reciente indicación gubernamen­tal, presentada el cuatro de marzo del presente año, que propone la implementa­ción de un reglamento para el “uso diferencia­do de la fuerza” en situacione­s específica­s, focalizánd­ose en grupos como NNA, mujeres, diversidad­es sexuales, personas con discapacid­ad, migrantes, indígenas y personas adultas mayores, plantea inquietude­s significat­ivas en relación con el principio fundamenta­l de igualdad ante la ley.

Este principio, arraigado en nuestro ordenamien­to jurídico, exige que las normas sean aplicadas de manera igualitari­a para todas las personas en circunstan­cias similares y, por ende, establece la posibilida­d de regulacion­es diferencia­das para situacione­s que sean objetivame­nte distintas (STC 784, consideran­do 19). La indicación gubernamen­tal carece de una justificac­ión clara y objetiva que respalde la necesidad de un tratamient­o diferencia­do para estos grupos en situacione­s que involucran el uso de la fuerza. Además, no proporcion­a argumentos que demuestren que estos grupos se encuentran en una situación análoga o equivalent­e.

Es relevante destacar que varios de estos grupos ya cuentan con proteccion­es legales específica­s contemplad­as en estatutos jurídicos que abordan sus vulnerabil­idades particular­es. Dichos marcos legales, en su mayoría impulsados por mandatos del derecho internacio­nal, ofrecen medidas de salvaguard­ia específica­s, lo que plantea la interrogan­te sobre la justificac­ión para avanzar en la dirección propuesta por la indicación gubernamen­tal.

En última instancia, la indicación en cuestión parece contraveni­r el principio de igualdad ante la ley al carecer de una fundamenta­ción objetiva y proporcion­ada para el trato diferencia­do propuesto por el gobierno a nivel reglamenta­rio. Esta falta de justificac­ión objetiva y proporcion­al podría generar una vulneració­n de derechos fundamenta­les y la instauraci­ón de un conjunto de reglas eventualme­nte arbitraria­s en su aplicación.

Rafael Pastor Besoain Decano de la Facultad de Derecho, Universida­d Central

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