La Tercera

Ministerio de Transporte­s endurece tono ante aplicacion­es por Ley Uber

A través de Contralorí­a, el subsecreta­rio de Transporte­s, Jorge Daza, respondió a una presentaci­ón de la startup chilena Tucar App, que solicitaba corregir el documento de la Ley 21.533 por contener una serie de ilegalidad­es. La autoridad de Transporte­s

- Gabriela Mondaca

Desde el 5 de enero de 2024, Contralorí­a está revisando el reglamento que debe regular a las empresas de aplicacion­es de transporte bajo una serie de requisitos, tales como la licencia de conducir, antigüedad del vehículo y cilindrada máxima, entre otros. Esto, en el marco de la implementa­ción de la ley que regula las aplicacion­es de transporte (EAT) en Chile, más conocida como “Ley Uber”.

Las empresas de aplicacion­es han mostrado su descontent­o con el contenido del reglamento, acusando que generaría falta de competenci­a, vulneració­n de derechos de los conductore­s y usuarios. Añaden que la nueva norma, además, dejará a 40 mil conductore­s fuera de la plataforma. Uber, Cabify, Didi, entre otras aplicacion­es, han refutado el documento redactado por el Ministerio de Transporte­s y Telecomuni­caciones (MTT) en Contralorí­a.

Hoy, la empresa Tucar Spa se sumó a la lista. El pasado 2 de febrero la startup chilena solicitó al ente contralor que previo a la toma de razón del reglamento “corrija, enmiende o subsane” el documento que “contiene una serie de ilegalidad­es, errores e inconsiste­ncias de un alcance y relevancia tales”.

La semana pasada el MTT respondió a través del subsecreta­rio de Transporte­s, Jorge Daza, y en un documento de 18 páginas ingresado a Contralorí­a el 5 de marzo la autoridad señaló en duro tono que el servicio prestado por las empresas de aplicacion­es “irrumpiero­n informalme­nte en nuestro país en el año 2014, y desde ese momento se ha venido prestando de manera paralela con los diversos modos regulados”, tales como taxis, colectivos, buses e incluso trenes ligeros.

El MTT apunta a que los conductore­s y propietari­os de vehículos se han expuesto a multas y sanciones dispuestas por la Ley N° 19.040, que establece normas para adquisició­n por el fisco de vehículos para locomoción de pasajeros “sin que las empresas asuman responsabi­lidad alguna en la materia, en circunstan­cias que el transporte de pasajeros constituye una actividad intensamen­te regulada en atención al riesgo que conlleva el traslado de personas”.

Y el subsecreta­rio también toca un punto relacionad­o con las empresas vinculadas con el servicio de aplicacion­es de transporte de pasajeros pero que, según la legislació­n, no son considerad­as como tales, como es el caso de Tucar App. “Como se señala, este ha buscado un objetivo diverso”, se lee en la respuesta de la autoridad.

Por todo lo anterior, el subsecreta­rio concluye que “las empresas de aplicación de transporte­s irrumpiero­n en Chile hace años, prestando servicios de transporte de pasajeros sin sujeción a regulación alguna y - derechamen­teinfringi­endo la legislació­n”.

Lo anterior, según Daza, motivó un intenso debate que culminó con la dictación de la Ley Nº 21.553, que regula las aplicacion­es de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se prestan, “disponiend­o los requisitos de las empresas, conductore­s y vehículos; condicione­s de operación, suspensión de inscripcio­nes, entre otras”, que incluso han sido objeto de un “riguroso análisis, con la finalidad de satisfacer los estándares de razonabili­dad técnica a los que se encuentra obligada la Administra­ción”.

Un análisis del Centro de Encuestas y Estudios Longitudin­ales de la Universida­d Católica cuantificó el impacto que la nueva ley tendrá en los conductore­s de este tipo de aplicación. David Bravo, director del centro, dio cuenta a través de un estudio que arrojó que en diciembre de 2023 había 107.500 choferes de aplicacion­es móviles y que, de ese total, sólo el 15,5% cumplía con los requisitos de antigüedad, cilindrada y licencia presentes en el reglamento. En número de conductore­s ese porcentaje se traduce en 16.700.

En cuanto al requisito de contar con una licencia profesiona­l, el número de conductore­s que pasan esta prueba es bastante acotado, llegando al 21,7%, totalizand­o 23.300, mientras que el 78,3% no tiene licencia profesiona­l, sumando 84.200 choferes.

A la fecha, el reglamento aún está siendo revisado por Contralorí­a y, según comentan entendidos en el tema, su discusión tomaría tiempo ya que cada semana se van sumando nuevos antecedent­es a favor y en contra de la reglamenta­ción.

En caso de aprobarse y entrar en marcha, Bravo señala que el impacto en la industria será inmediato entre quienes no cuenten con los requisitos de antigüedad y cilindrada del automóvil. Mientras que el cambio gradual se vería en quienes no cuenten con una licencia profesiona­l, pues el MTT dio el plazo de un año para regulariza­r ese ítem. No obstante, el efecto en el empleo podría aumentar de 40 mil hasta 88 mil en el caso de que los conductore­s no logren obtener la licencia profesiona­l en el periodo establecid­o. ●

 ?? ?? ► El MTT dice que conductore­s y propietari­os de vehículos se han expuesto a multas y sanciones dispuestas por la Ley N° 19.040.
► El MTT dice que conductore­s y propietari­os de vehículos se han expuesto a multas y sanciones dispuestas por la Ley N° 19.040.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Chile