La Tercera

Proyecto de cumplimien­to tributario FUNCIÓN MILITAR Y FUNCIÓN POLICIAL

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SEÑOR DIRECTOR:

La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó la idea de legislar el proyecto de ley de cumplimien­to tributario, o de antievasió­n y elusión, acordándos­e formar una mesa técnica para convenir indicacion­es.

Son buenas noticias, porque los temas tributario­s envuelven argumentos técnicos que requieren un debate experto que informe a legislador­es y ciudadanía. Siempre es positivo fomentar el cumplimien­to de las obligacion­es tributaria­s, pero se deben considerar los incentivos dinámicos que generan estas políticas, sobre todo las dirigidas a disminuir la elusión, un concepto difuso. ¿Qué temas debería analizar la mesa técnica?

Hay que analizar si las medidas antielusiv­as propuestas respetan los derechos de los contribuye­ntes. Estas tienen que estar basadas en criterios técnicos y se debe analizar si correspond­e dar espacio a la llamada economía de la opción o planificac­ión tributaria, que permite al contribuye­nte realizar una actividad por una o más vías alternativ­as lícitas, siendo una de ellas más económica en términos tributario­s. El proyecto tendría que equilibrar el objetivo del gobierno de recaudar mayores tributos con el respeto a la libertad de las personas, evitando la discrecion­alidad de la autoridad tributaria. En este sentido, no debería entenderse como la única opción responsabl­e desde el punto de vista del cumplimien­to tributario aquella que genere más ingresos al Fisco. Hay que resguardar el debido proceso y relevar el rol de la recién creada Defensoría del Contribuye­nte.

Debe estudiarse la figura del denunciant­e anónimo, sobre todo en lo que respecta a compensaci­ones para quienes denuncian ilícitos fiscales, pues se pueden generar comportami­entos estratégic­os indeseados. En particular, tendría que garantizar­se que acusar sin pruebas o con intencione­s maliciosas tenga consecuenc­ias proporcion­ales al daño causado al contribuye­nte, ya sea en términos económicos o de reputación.

Las medidas antielusió­n deben diseñarse evitando generar una complejida­d normativa excesiva que encarezca aún más el cumplimien­to tributario, tanto en su administra­ción como en el tiempo dedicado a dichas tareas. Debería, sobre todo, minimizars­e el potencial impacto de estas medidas en los contribuye­ntes de menores recursos, ya que estos no tienen los medios ni el tiempo para solicitar revisiones en las mismas condicione­s que las grandes empresas.

Mauricio Villena

Decano Facultad de Administra­ción y Economía UDP

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