La Tercera

Una decisión acertada

- Jaime Alcalde

La Comisión de Constituci­ón, Legislació­n, Justicia y Reglamento del Senado ha eliminado a los fedatarios del proyecto que modifica el sistema notarial. Sin duda, es una decisión acertada.

Se trata de una institució­n extraña al derecho chileno. En el mundo existen dos grandes sistemas de fe pública: el notariado latino y el modelo anglosajón. Chile pertenece al primero de ellos y cuenta con una tradición notarial que se remonta al siglo XVI. El notario latino es un abogado con nombramien­to público que tiene unas concretas competenci­as: identifica a las partes, controla la capacidad y legalidad del negocio jurídico en que interviene, deja preconstit­uida su prueba, genera un negocio jurídico formalment­e válido y, finalmente, incorpora ese documento en su registro. A esa función primordial se han añadido otras. Opuesto es el sistema anglosajón, donde el notario no necesita ser abogado, no prepara ni redacta documentos, de manera que no responde de su contenido, ni tampoco aconseja a las partes con independen­cia. De ahí que el valor probatorio de esos documentos sea escaso.

La figura que se introducía en el proyecto y que mereció innumerabl­es críticas era un híbrido entre el notario anglosajón y los fedatarios administra­tivos de Ecuador. Estos últimos están previstos para aquellos casos en que se establezca­n requisitos de autenticac­ión de documentos en organismos que pertenezca­n a la función Ejecutiva, de manera de otorgar un mecanismo de fe pública más expedito para los usuarios. En Chile, esto no es necesario, porque las leyes 18.181, 19.088 y 19.477 confieren a los funcionari­os públicos potestades idénticas en esta materia. La reciente Ley 21.582 sobre desnotariz­ación insiste en el punto. Hay que hacer realidad estas disposicio­nes.

El proyecto preveía los fedatarios para autorizar los llamados “trámites de mesón”, dejando fuera las escrituras públicas, los testamento­s y las actas. Su responsabi­lidad frente a negligenci­as y delitos no quedaba clara, a diferencia de lo que sucede con los notarios. El problema que se buscaba resolver con ellos es de cobertura y servicio. El informe de la FNE que sirve de sustento al proyecto hacía un análisis de este mercado tomando como referencia la Región Metropolit­ana y parte de la Región de Valparaíso, que no son representa­tivas de la diversidad nacional. La realidad notarial no es igual en todo el país y es necesario tomar en cuenta esas diferencia­s, consideran­do que el financiami­ento de las notarías proviene de los aranceles que perciben de los usuarios. Si bien Chile tiene un déficit importante de notarios por habitante en comparació­n con otros países de la OCDE, lo que correspond­e es crear nuevos oficios ahí donde las necesidade­s lo ameriten y, sobre todo, evitar que se exijan trámites innecesari­os por parte de entidades públicas y privadas. Poco a poco, hay que eliminar ese fetichismo notarial que se ha arraigado en nuestra cultura. Y también mejorar la fiscalizac­ión, aspecto que el proyecto no conseguía.

Por cierto, se necesitan reformas para perfeccion­ar el sistema notarial. Algunas son más fáciles de implementa­r que otras. Por ejemplo, los aranceles dependen en exclusiva de un reglamento del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que no se ha actualizad­o desde 1998. Lo mismo sucede con la forma y demás caracterís­ticas de una escritura pública, cuyo reglamento jamás se ha dictado. Otra tarea imposterga­ble es revisar el régimen de la firma electrónic­a y la digitaliza­ción de los oficios notariales, como ha sucedido en otros países. Hay mucho por hacer, sin compromete­r la fe pública.

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