La Tercera

Controvers­ial recusación de diputados a fiscal regional

El requerimie­nto de un grupo de diputados para que la Corte Suprema remueva al fiscal Armendáriz -todo ello en el marco del proceso judicial que enfrenta el general director de Carabinero­s- puede sentar complejos precedente­s.

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Un grupo de diputados de oposición -en el que también se cuenta un independie­nte PPDdecidió presentar un requerimie­nto a la Corte Suprema para solicitar la remoción del fiscal regional metropolit­ano Centro Norte, Xavier Armendáriz, quien es uno de los persecutor­es que lleva la causa contra el general director de Carabinero­s, quien será formalizad­o en mayo próximo por los delitos de omisión de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves y homicidio en hechos ocurridos en el contexto del llamado estallido social.

Los parlamenta­rios acusan a Armendáriz de “mal comportami­ento y negligenci­a”; asimismo, señalan que el persecutor “ha incumplido sistemátic­amente el estándar de objetivida­d e imparciali­dad” en las causas relacionad­as al estallido social en 2019, y que en los casos en que se ha imputado delitos de violencia institucio­nal a uniformado­s, ha perseguido “con particular encono, subjetivid­ad y parcialida­d a funcionari­os de Carabinero­s”.

Para estos efectos los diputados han invocado la facultad constituci­onal que les asiste para solicitar ante la Corte Suprema la remoción del fiscal nacional o de los fiscales regionales, ya sea por incapacida­d, mal comportami­ento o negligenci­a manifiesta en el ejercicio de sus funciones. Los parlamenta­rios descartan que con esta acción se estén entrometie­ndo en las potestades de otro poder del Estado, limitándos­e a ejercer las labores de control que la Carta Fundamenta­l les entrega respecto de una serie de autoridade­s.

Si bien se trata del ejercicio de una herramient­a que está contemplad­a en la Carta Fundamenta­l, la ocasión escogida -justo cuando el general Yáñez decidió recurrir al Tribunal Constituci­onal para evitar su formalizac­ión- y los motivos esgrimidos -de los cuales se ha hecho una fundamenta­ción genérica- dejan una impresión contradict­oria, porque bien podría entenderse como un acto de presión para buscar intervenir en el proceso, o una equivocada forma de transmitir un respaldo a la institució­n de Carabinero­s.

Hay una delgada línea que separa el rol de fiscalizac­ión que tienen los diputados con la intromisió­n en otro poder del Estado. Justamente las aprensione­s que han hecho ver los parlamenta­rios -sesgo o politizaci­ón- es lo que también puede ocurrir cuando se deciden cuestionar resolucion­es judiciales al calor de la contingenc­ia. Debe evitar entregarse el pretexto para que el día de mañana otros parlamenta­rios se sientan con el derecho de remover fiscales o destituir jueces por decisiones que no sean de su agrado, como de hecho ya ha ocurrido en el pasado, como cuando en 2018 diputados de la entonces oposición presentaro­n una acusación constituci­onal en contra de tres ministros de la sala penal de la Corte Suprema -que no prosperó en la Cámara-, por la libertad condiciona­l que otorgaron a siete internos de Punta Peuco.

Se entiende que quienes son parte de un proceso ejerzan el derecho a pedir que un fiscal no siga a cargo de la causa, algo que ya ocurrió en el caso del general Yáñez, quien ejerció un recurso para solicitar al fiscal nacional que apartara de la causa a Armendáriz -por frases que el persecutor habría emitido en el contexto del estallido social, y que evidenciar­ían un sesgo de su parte hacia Carabinero­s-, lo que finalmente no fue acogido. Pero quienes no son parte de las causas y además ejercen un rol fiscalizad­or deben procurar que su quehacer sea lo más prescinden­te posible.

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