La Tribuna (Los Angeles Chile)
“La ley de libre competencia vendría a potenciar el mercado de la zona”
Esta ley perfecciona el Sistema de Defensa de la Libre Competencia, e incluye penas de cárcel a los delitos de colusión.
La mañana del pasado 19 de agosto se promulgó la Ley de Fortalecimiento del Sistema de Defensa de la Libre Competencia, iniciativa que fortalece las sanciones a las infracciones a la libre competencia, aumenta las competencias del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia ( TDLC) y establece condenas penales para el delito de colusión.
En esa línea, la seremi de Economía (s) en Biobío, Lilian Troncoso, explicó que esta ley es muy relevante tanto para la región como para el país, y vendrá a potenciar la competencia de los mercados de la zona.
“Esta ley es muy relevante porque busca potenciar la competencia en nuestros mercados, lo cual es primordial para un funcionamiento adecuado de los mercados, más aún por lo casos ya conocidos en Chile”, dijo.
Añadió que “tenemos que ser capaces de darles a nuestros emprendedores e innovadores la posibilidad de hacer crecer sus negocios; si los mercados no funcionan bien, si no hay libre competencia, no podemos transformar al emprendimiento y la innovación en un motor de desarro- llo, por eso es importante esta ley, también para ellos que quieren llevar adelante sus ideas”.
Por otra parte, la seremi de Economía (s) sostuvo que esta ley está dotando a Chile de una legislación muy avanzada en promoción de la libre competencia, conforme a estándares de las grandes economías y a las recomendaciones de los organismos internacionales.
“Como señala el ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes, con esta ley el coludirse deja de ser un negocio. Los que toman las decisiones en materia de colusión son los ejecutivos y ellos deben enfrentar sanciones drásticas, y en este caso se está reponiendo la pena de cárcel para aquellos que se coluden”, dijo la autoridad.
PUNTOS MÁS RELEVANTES QUE TRAERÁ ESTA INICIATIVA
“Esta ley está mejorando considerablemente las capacidades de la institucionalidad para prevenir actos de colusión y además entrega certezas jurídicas que requieren los agentes económicos”, explicó la seremi de Economía (s).
Agregó que respecto a las multas, esta normativa contempla hasta el doble del beneficio económico obtenido, o bien, hasta el 30% de las ventas de la línea del producto o servicio involucrado en la colusión. Con esta modificación se pretende que las multas sean efectivamente disuasivas.
“Las personas sancionadas tendrán como pena, además, la inhabilitación absoluta para desempeñar cargos de director o gerente en empresas del Estado, cargos de director o gerente en sociedades anónimas abiertas o sujetas a normas especiales, o bien, cualquier cargo directivo en asociaciones gremiales o colegios profesionales por un plazo de siete años y un día a 10 años”.
Troncoso explicó que establece penas con cárcel de tres años y un día a 10 años a los ejecutivos que sean declarados culpables en los casos de colusión, y asegura que los infractores cumplan a lo menos un año de presidio efectivo.
Además, constituye la "delación compensada", en donde el delator que primero haya aportado antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica estará exento de responsabilidad penal, mientras que al segundo delator que aporte antecedentes adicio- nales a los dados por el primero se le rebajará en un grado la pena, cuando cumpla con los requisitos establecidos en la ley.
También otorga atribución exclusiva a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para que inicie acciones penales en los casos en que se produzca colusión, y deberá hacerlo obligatoriamente cuando se afecte la libre competencia.
Asimismo, define un nuevo régimen de control de operaciones de concentración o fusiones, así como la protección de los derechos de los consumidores, y fija sanciones para quienes entorpezcan las investigaciones de la FNE.