La Tribuna (Los Angeles Chile)
Tus derechos en el mercado inmobiliario
La compra de una vivienda es la inversión más importante para la mayoría de las familias, pues involucra los sueños y proyecciones de cada uno de sus integrantes, donde además se destina parte importante de los ahorros conseguidos durante años de trabajo.
Por esta razón, el Sernac lanzó la campaña informativa “Tus derechos en el mercado inmobiliario”, iniciativa que busca reforzar el conocimiento de los derechos de los consumidores en este mercado.
La institución recordó que los consumidores tienen derecho a recibir un servicio con estándares de profesionalismo de parte de las inmobiliarias, lo que implica, por ejemplo, que se respete al pie de la letra lo ofertado porque “lo prometido es deuda”.
La Ley del consumidor establece una serie de derechos, entre ellos, que se cumpla al pie de la letra todo lo prometido, por ejemplo, con los plazos de entrega y las características de la vivienda, así como las promociones, ofertas y los stocks informados de vivienda disponible a la venta.
Además, los consumidores tienen derecho a recibir información veraz y oportuna. Esto significa que las empresas no deben omitir ningún aspecto relevante, antes, durante y después de la compra, incluido el derecho a conocer el precio final, con todos los cargos incluidos.
Como Sernac queremos recordar que cuando las inmobiliarias no cumplen la ley, los consumidores tienen derecho a reclamar y a exigir las compensaciones que correspondan.
Ahora, si los consumidores presentan problemas con la calidad de la vivienda, existe una ley especial que establece, entre otros aspectos, los plazos en que las empresas deben responder: en las terminaciones, durante los primeros 3 años desde la fecha de la inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
En las instalaciones durante los primeros 5 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra. Estructurales durante los primeros 10 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra.
Esta normativa incluye el procedimiento de demandas colectivas por los daños y perjuicios en la calidad de las construcciones. Para poder ejercer este tipo de acciones se requiere que el número de afectados sea de 6 o más propietarios. Es decir, si existe un grupo de 6 o más afectados por mala calidad de construcción en un conjunto habitacional, el Sernac puede iniciar un juicio colectivo bajo la Ley de Calidad de la Vivienda.
Para conocer más detalles de la campaña e informarse sobre los derechos en el mercado inmobiliario, visita http://www.sernac.cl/ compravivienda/.
La institución recordó que los consumidores tienen derecho a recibir un servicio con estándares de profesionalismo de parte de las inmobiliarias, lo que implica, por ejemplo, que se respete al pie de la letra lo ofertado porque “lo prometido es deuda”.