La Tribuna (Los Angeles Chile)
El largo camino de la inclusión y de la participación
La discapacidad tiene contados los días como impedimento para ejercer una gran cantidad de actividades que a diario y en los hechos, realizan miles de personas que, atendidas sus condiciones particulares de personas en situación de discapacidad, desarrollan cotidianamente.
Me refiero a la costumbre de algunos de hacernos creer que ciertos oficios y profesiones no pueden ser ejercidas por personas con discapacidad, siendo esto quizá uno de los errores más insulsos, torpes y crueles que podemos cometer. Y claro, la ley en algunos casos, también es un obstáculo que debemos remover, y por eso estamos en el hemiciclo, para terminar con una limitación más, para cambiar la cultura que dicha forma de pensar nos propone, y encarar esta falso y ficticio impedimento que algunos “seres normales”, pretenden construir.
De be m o s entender de una vez por todas, que actualmente vivimos una época donde estamos haciendo patente, y sacando a la luz esa manera velada de dejar fuera de las actividades más importantes del diario vivir a las personas que tienen algún grado de discapacidad.
Hoy, a través del proyecto de ley que modifica el Código Orgánico de Tribunales, para permitir que personas en situación de discapacidad puedan ser nombradas en cargos de Juez o Notario, buscamos que reciban sus derechos de participar en todo lo público y en todo lo que nos toca compartir, sin excepciones.
Debemos recordar que hasta hace unos pocos años atrás quienes no podían darse a entender oralmente o por escrito eran considerados por el Código Civil como absolutamente incapaces ante el derecho, viéndose impedidos de actuar en la vida jurídica sino bajo la actuación de un representante legal.
Hoy, como corolario de un compromiso hecho con todos y cada una de las personas en situación de discapacidad de nuestra región, hemos defendido esta iniciativa legal que propone suprimir en nuestro Código Orgánico de Tribunales las normas que impiden que las personas con discapacidad puedan ocupar el cargo de Juez o Notario. No es más que la aplicación pura y llana de las reglas y principios jurídicos que consagran la igualdad ante la ley y la no discriminación arbitraria, permitiendo la plena inclusión y el ejercicio de los derechos fundamentales por parte de todos los habitantes de la República. Además con esto no debemos olvidar que damos cumplimiento a las obligaciones internacionales que pesan sobre el Estado de Chile en esta materia.
Este proyecto de ley no es sino un paso más en el largo camino de la inclusión y de la participación, y es a la vez un paso menos para las diferencias arbitrarias y la exclusión no razonada, injusta y abusiva.
Debemos recordar que tan sólo hasta hace unos pocos años atrás quienes no podían darse a entender oralmente o por escrito eran considerados por el Código Civil como absolutamente incapaces ante el derecho.