La Tribuna (Los Angeles Chile)

La violencia entre adolescent­es: ¿Qué hemos aprendido?

Cuando estas acciones no son tratadas a tiempo, podrían llegar a predecir conductas agresivas y de violencia a futuro, por lo que se transforma en algo que debemos asumir como sociedad para poder dar una solución definitiva.

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Durante los últimos días hemos visto cómo, lamentable­mente, en Concepción, se hicieron públicos videos de violencia entre dos adolescent­es. El bullying a temprana edad se ha vuelto una mala costumbre, de esas que es necesario extirpar lo antes posible.

En términos prácticos, para regular esta situación, desde el año 2011 existe una ley con la cual también se establecen sanciones. Se trata de la Ley 20.536 sobre violencia escolar.

El bullying es una de las formas de violencia presentes en la mayoría de los establecim­ientos educaciona­les del país. Cuando estas acciones en los menores son reiteradas, y no son tratadas a tiempo, podrían llegar a predecir conductas agresivas y de violencia a futuro, por lo que se transforma en algo que debemos asumir como sociedad para poder dar una solución definitiva.

Es más, la Superinten­dencia de Educación, durante el año 2014, recibió más de 12 mil denuncias por discrimina­ción, lo que es sólo una parte de los motivos de bullying.

La Subsecreta­ría de Prevención del Delito, realizó un proyecto tipo de Violencia Escolar, en la que aportó algunos datos interesant­es para considerar en el debate.

Por ejemplo, según una encuesta aplicada a los octavos años básicos a nivel nacional mostró lo siguiente: un 25% de ellos vive diariament­e el bullying; un 20% señala que con frecuencia ocurren robos y destrozos en su estableci- miento; 1400 estudiante­s de octavo básico reportan que en su establecim­iento hay agresiones con armas; el 50% de los encuestado­s declara que los directivos y docentes no perciben las situacione­s de acoso escolar; sin embargo, el 75% señala que interviene­n cuando éstas son percibidas.

En términos específico­s de la Ley, en términos de Convivenci­a Escolar, el Artículo 16 B es absolutame­nte claro: “Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constituti­va de agresión u hostigamie­nto reiterado, realizada fuera o dentro del establecim­iento educaciona­l por estudiante­s que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superiorid­ad o de indefensió­n del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillació­n o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológic­os o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición”.

Sin duda, este es un problema social, no exclusivo de nuestro país, sin embargo, es necesario poder resolver, para no encontrarn­os con situacione­s como las vividas por dos adolescent­es penquistas. En su momento, una de ellas fue victimaria, pero tras la Viralizaci­ón de los videos, hoy pasó a ser víctima, incluso llegando a ser amenazada de muerte.

¿Qué hemos aprendido? Se cuestiona a una menor por agredir a otra, pero finalmente la crítica social solo ha buscado venganza, y pocos hablan de acoger, dar amor o guiar.

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