La Tribuna (Los Angeles Chile)

Vicios privados, virtudes públicas

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En 1714, Bernard de Mandeville publica su ensayo “La fábula de las abejas”, que escandaliz­ó a la Inglaterra del siglo XVIII. Allí postula que no es la virtud, sino el vicio lo que mueve a la sociedad a crear un Estado de bienestar. Se describe una sociedad de abejas que vivían con lujo y comodidad en el “Panal próspero”, donde varios ejercían oficios apropiándo­se del valor ajeno. Había abogados afanados en discordar los casos oponiéndos­e a su orden natural. Médicos que valoraban la riqueza del paciente más que su salud. La avaricia, vicio maldito esclavo de la jactancia, era cuna de la industria del lujo, que daba trabajo a un millón de abejas, y el orgullo a un millón más. La envidia y la vanidad, ministros de la industria del vestir y del mobiliario, empleaban a otro millón. Aunque cada parte estaba llena de vicios, el panal en conjunto era un paraíso. Pero los excesos de los bribones atrajeron los reclamos. Conmovido, Júpiter baja a instituir el Panal Honesto y todos se colman de honradez. Los bienes bajan sus precios. Como los deudores pagan, los jueces y su pléyade deben emigrar. Ya que en medicina se receta sólo lo ne- cesario, se van muchos galenos y su séquito. La frívola industria del lujo desaparece, llevándose a millones de abejas. Así se fueron bribones y quienes vivían de ellos. Las decisiones inspiradas en la virtud, en lugar de beneficiar a todos, terminaron por dejar el panal desierto. En Chile vemos a diario diversos vicios privados, y al fin los empresario­s son culpados por la inequidad, la falta de justicia social y otras lacras. ¿Qué hacemos? Como la economía seguirá siendo desarrolla­da por particular­es, deben atenderse más finamente dos tipos de normas: (1) las de la economía (descriptiv­as). Muchos políticos y líderes de opinión no ven más allá de un sesgado concepto de la obra de Adam Smith. La globalizac­ión y otros fenómenos concentrar­on las industrias, que funcionan según normas de competenci­a oligopólic­a. Los incumbente­s se mueven según estrategia­s dominantes explicadas por profusa literatura microeconó­mica, bien conocida por los economista­s e incumbente­s, más no por muchos políticos y autoridade­s; y (2) las del derecho (prescripti­vas), conforman el orden público económico, cuya doctrina ha avanzado para explicar antiguas normas constituci­onales, más no para evoluciona­rlas. La ley común tímidament­e ha incorporad­o algún criterio que Coase plasmó en 1960, pero mucho ha avanzado el derecho económico desde entonces, sin empapar suficiente­mente a nuestros legislador­es en materia de incentivos a incumbente­s, neutraliza­ción de fallas de mercado, asimetrías de informació­n, etc. Ello puede deberse a que “muchas doctrinas legales aún datan del siglo XIX, cuando una ideología del laissez faire basada en la economía clásica dominaba entre las clases educadas” (Posner). Tenemos mucho que avanzar en materia de normativa legal, bien fundamenta­da en el derecho económico moderno, de modo de ordenar los astros en nuestro panal, fomentando así el sano progreso de los mercados que permita el desarrollo de un Estado de bienestar mayor y más inclusivo.

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Gastón Mansilla. Facultad de Derecho

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