La Tribuna (Los Angeles Chile)
Vicios privados, virtudes públicas
En 1714, Bernard de Mandeville publica su ensayo “La fábula de las abejas”, que escandalizó a la Inglaterra del siglo XVIII. Allí postula que no es la virtud, sino el vicio lo que mueve a la sociedad a crear un Estado de bienestar. Se describe una sociedad de abejas que vivían con lujo y comodidad en el “Panal próspero”, donde varios ejercían oficios apropiándose del valor ajeno. Había abogados afanados en discordar los casos oponiéndose a su orden natural. Médicos que valoraban la riqueza del paciente más que su salud. La avaricia, vicio maldito esclavo de la jactancia, era cuna de la industria del lujo, que daba trabajo a un millón de abejas, y el orgullo a un millón más. La envidia y la vanidad, ministros de la industria del vestir y del mobiliario, empleaban a otro millón. Aunque cada parte estaba llena de vicios, el panal en conjunto era un paraíso. Pero los excesos de los bribones atrajeron los reclamos. Conmovido, Júpiter baja a instituir el Panal Honesto y todos se colman de honradez. Los bienes bajan sus precios. Como los deudores pagan, los jueces y su pléyade deben emigrar. Ya que en medicina se receta sólo lo ne- cesario, se van muchos galenos y su séquito. La frívola industria del lujo desaparece, llevándose a millones de abejas. Así se fueron bribones y quienes vivían de ellos. Las decisiones inspiradas en la virtud, en lugar de beneficiar a todos, terminaron por dejar el panal desierto. En Chile vemos a diario diversos vicios privados, y al fin los empresarios son culpados por la inequidad, la falta de justicia social y otras lacras. ¿Qué hacemos? Como la economía seguirá siendo desarrollada por particulares, deben atenderse más finamente dos tipos de normas: (1) las de la economía (descriptivas). Muchos políticos y líderes de opinión no ven más allá de un sesgado concepto de la obra de Adam Smith. La globalización y otros fenómenos concentraron las industrias, que funcionan según normas de competencia oligopólica. Los incumbentes se mueven según estrategias dominantes explicadas por profusa literatura microeconómica, bien conocida por los economistas e incumbentes, más no por muchos políticos y autoridades; y (2) las del derecho (prescriptivas), conforman el orden público económico, cuya doctrina ha avanzado para explicar antiguas normas constitucionales, más no para evolucionarlas. La ley común tímidamente ha incorporado algún criterio que Coase plasmó en 1960, pero mucho ha avanzado el derecho económico desde entonces, sin empapar suficientemente a nuestros legisladores en materia de incentivos a incumbentes, neutralización de fallas de mercado, asimetrías de información, etc. Ello puede deberse a que “muchas doctrinas legales aún datan del siglo XIX, cuando una ideología del laissez faire basada en la economía clásica dominaba entre las clases educadas” (Posner). Tenemos mucho que avanzar en materia de normativa legal, bien fundamentada en el derecho económico moderno, de modo de ordenar los astros en nuestro panal, fomentando así el sano progreso de los mercados que permita el desarrollo de un Estado de bienestar mayor y más inclusivo.