La Tribuna (Los Angeles Chile)
Cerca de 6 mil niñas serán vacunadas contra virus del papiloma
La campaña considera, en total, 27 mil 432 alumnas de cuarto y quinto año básico, de establecimientos educacionales de la región.
La inmunización, realizada en base a la vacuna tetravalente conocida comercialmente como Gardasil, de Laboratorio Merck, beneficiará en Biobío a 13.763 niñas de cuarto básico y 13.669 de quinto año, a objeto de prevenir a fututo (en el inicio o desarrollo de la vida sexual) infecciones de bajo riesgo, como las verrugas genitales; y de alto riesgo, donde destacan lesiones pre-cancerígenas del cáncer del cuello uterino, vulva, vagina, ano y pene.
El Ministerio de Salud, a través de la alianza entre la Seremi de Salud, Educación y redes asistenciales, tiene como objetivos en la zona vacunar a 12.754 niñas de la provincia de Concepción, 2.473 de Arauco, 5.774 de Biobío y 6.431 de Ñuble.
Al considerar desde el 2014, año en que se inició la vacuna y fue incorporada al Plan Nacional de Inmunizaciones por parte de la Presidenta Michelle Bachelet, se han beneficiado a 103.288 niñas, divididas en 11.987 beneficiadas el 2014, 46.871 el 2015 y 44.330 el año recién pasado.
La información fue entregada en el contexto del lanzamiento regional del proceso 2017, realizado el jueves 10 de agosto, a las 11 horas, en la Escuela Óscar Castro, del sector Pedro del Río Zañartu, Concepción, el que fue presidido por el Seremi de Educación, Sergio CLA vacuna ño consecutivo que se ha implementado en el Plan Nacional de Inmunización a las niñas de cuarto y quinto año básico contra el virus del papiloma humano. Este año se plantea administrar 27 mil dosis. Lo importante es que esta estrategia busca disminuir el cáncer cervicouterino, ya que existe todo un respaldo científico y ético nacional e internacional que respaldan esta vacunación”, declaró la jefa del Departamento de Salud Pública de la Seremi de Salud, Cecilia Soto.
La autoridad sanitaria reforzó el valor del respaldo científico nacional e internacional de la vacuna, la que se encuentra registrada en 132 países, con distribución de 208 millones de dosis en el mundo; y que cuenta con el apoyo explícito de la Sociedad Sociedad Chilena de Infectología, Panel Expertos - Consejo Asesor de Vacunas y Estrategias de Vacunación del Ministerio de Salud, Agencia Nacional de Medicamentos (Anamed) del Instituto de Salud Pública, Sociedad Chilena de Obstetricia y Ginecología, Sociedad de Ginecología y Obstetricia Infantil y de la Adolescencia (Sogia), Sociedad Chilena de Pediatría (Sochipe), Sociedad Chilena de Infectología, Grupo Asesor de Vacunas de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Agencia Regulatoria Europea, Comité Asesor Global en Seguridad de las Vacunas, Agencia del Medicamento (FDA) de Estados Unidos y Agencia del Medicamento ( TGA) de Australia.
Señaló, que existe evidencia que un esquema de dos dosis empleadas en menores de 15 años es equivalente a una de tres dosis aplicadas a mayores de 15; y que el esquema de vacunación ha sido incorporado en Argentina, Brasil, Panamá, Austria, Francia, Israel, Suecia, Reino Unido, Quebec en Canadá y provincias de British Columbia, entre otros países.
“Hay información que se emite desde el nivel comunal respecto a día y hora en que se realizará el proceso vacunatorio, también información general de los beneficios que implican las vacunas. Este tema tiene carácter obligatorio, no obstante, existe un protocolo que maneja el sector salud que permite que aquellos padres que demuestran su oposición puedan manifestarlo por escrito en un formulario, quedando en evidencia su rechazo”, declaró el seremi de Educación del Biobío, Sergio Camus.
La consignación del rechazo implica asumir haber recibido información de los beneficios y seguridad de la vacuna, y a haber sido informados de que dicha negativa infringe la ley.
El Artículo 32 del Código Sanitario (DFL Nº 725 de 1967) establece la responsabilidad de vacunación contra enfermedades transmisibles en el Servicio Nacional de Salud, así como la facultad presidencial de declarar obligatoria la vacunación de la población (Decreto Supremo N º 6 del 2010 del Ministerio de Salud).
Si bien el Art. 14 de la Ley de Derechos y deberes de los Pacientes Nº 20.584, establece que toda persona tiene derecho a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier procedimiento o tratamiento vinculado a su atención de salud, se establece también claramente que con las limitaciones establecidas en el artículo 16, que anula el derecho cuando como producto de la falta de una intervención, procedimiento o tratamiento, se ponga en riesgo la salud pública.
Las reacciones a la vacuna son leves, y cerca del 1% puede presentar fiebre, dolor y eritema en el sitio de punción.