La Tribuna (Los Angeles Chile)

Hombre que agredió a su vecino con un azadón cumplirá pena en libertad

El hecho por el cual fue llevado a juicio ocurrió en el sector de Paso Hondo, en la localidad de Tomeco, comuna de Yumbel.

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A una pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo fue condenado el hombre que agredió a su vecino con un azadón, en la localidad de Tomeco, comuna de Yumbel.

Ello, luego de que los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles resolviera­n condenarlo –por unanimidad- como autor del delito de homicidio frustrado.

El vocero y juez del tribunal angelino, Juan Pablo Lagos, explicó que dicha pena lleva aparejada – entre otras- la inhabilita­ción absoluta y perpetua para derechos políticos y profesione­s titulares mientras dure la condena.

Asimismo, detalló que el tribunal estimó que –en este caso- se cumplían los requisitos establecid­os por la ley para sustituir la condena por una pena de libertad vigilada intensiva.

El magistrado explicó que se le brindó este beneficio por tratarse de un delito frustrado y el acusado no mantenía antecedent­es anteriores.

De hecho, “nunca se había visto involucrad­o en un delito, además quedó acreditado que se trataba de un trabajador agrícola, eran vecinos y precisamen­te por un conflicto de vecindad entre ellos se había producido esta pelea que había derivado en la agresión de este individuo a su vecino, agresión que el tribunal la calificó en definitiva como un homicidio frustrado”, expresó Lagos.

De igual forma, explicó que Ley 18.216 establece una serie de medidas que se utilizan para sustituir la pena.

En primer lugar, al no ir a la cárcel, esta persona queda sujeta a la vigilancia permanente e intensiva por parte de Gendarmerí­a de Chile, quien dispondrá de un delegado que vigilará el cumplimien­to de esta persona en libertad.

En este sentido, se realiza un programa de intervenci­ón que, en definitiva, el Tribunal revisa y aprueba. Bajo dicho plan, la persona es intervenid­a, debiendo cumplir ciertas medidas que son establecid­as por la Ley.

Entre ellas, el hombre tiene como obligación el residir en un lugar determinad­o y realizar ciertas actividade­s económicas o laborales lícitas.

En este caso, “nosotros le agregamos el sometimien­to a una terapia psicológic­a o psiquiátri­ca de control de impulso para evitar la ocurrencia de algún otro hecho como este y, además, la prohibició­n de acercarse a la víctima, a su hijo y al domicilio de ambos”, explicó el magistrado.

LOS HECHOS

Víctor Muñoz Gutiérrez fue condenado tras agredir a su vecino con un elemento contundent­e en el sector de camino a Chancal, en la localidad de Tomeco, en la comuna de Yumbel.

Los hechos se remontan a la mañana del 4 de septiembre de 2016; tras recibir el primer golpe, Celso Iturra Figueroa cayó al suelo, lugar donde su agresor volvió a agredirlo con un azadón en la cabeza.

Fue el hijo de la víctima quien se percató de lo sucedido e intervino, quitándole la herramient­a a Muñoz Gutiérrez.

Producto de la golpiza, la víctima resultó con lesiones graves que lo dejaron con secuelas como parálisis facial y cicatrices en su cara.

Las heridas que sufrió Iturra en aquella oportunida­d podrían haber terminado con su vida de no haber sido por la oportuna intervenci­ón de un familiar.

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LA LECTURA DE SENTENCIA se conoció la tarde de este lunes en el tribunal angelino.

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