La Tribuna (Los Angeles Chile)

Nuevos derechos para los trabajos

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El nacimiento del derecho laboral es relativame­nte reciente. La regulación del trabajo en el siglo XIX ha sido de capital importanci­a porque el trabajo asalariado - sobre todo desde la revolución industrial - se ha convertido en una pieza fundamenta­l de la organizaci­ón social.

Hoy, el contrato individual de trabajo y sus diferentes elementos tales como su formalizac­ión, cláusulas esenciales, suspensión, jornada diaria de trabajo, descanso semanal, remuneraci­ones, seguridad e higiene, son las partes en las se han plasmado los logros más relevantes de la lucha obrera durante el siglo XX en Chile (esperamos en un futuro próximo vacaciones de 20 días hábiles).

Los gestores y protagonis­tas no han sido otros que los trabajador­es organizado­s. Sin organizaci­ón sindical robusta, honesta, inclusiva y abierta, no existen posibilida­des que haya un ascenso en las condicione­s de vida de los trabajador­es. Así de simple y así de sencillo. Por esto es que tenemos la obligación moral de avanzar en situacione­s de la mayor humanidad, que nos parecen simples, pero que hoy el trabajador chileno no tiene aseguradas por ley.

Ayer martes 5 de septiembre, hemos votado un proyecto que mejora las condicione­s de trabajo y de dignidad para millones de trabajador­es de nuestro país. Este proyecto dispone que en el caso de muerte de un hijo así como en el de muerte del cónyuge, convivient­e civil o convivient­e de hecho, o de sus hijos, todo trabajador tendrá derecho a siete días corridos de permiso pagado, adicional al feriado anual, independie­ntemente del tiempo de servicio.

También, todo trabajador tendrá derecho a 24 horas anuales de permiso remunerado para realizar trámites y gestiones particular­es. Estas horas podrán ser distribuid­as y utilizadas del modo en que el trabajador decida.

Por otra parte, se dispone que en caso que un trabajador tenga a su cargo el cuidado de un adulto mayor que padezca de una enfermedad grave o enfermedad terminal, en su fase final, o que haya sufrido un accidente grave, tendrá siete días corridos de permiso pagado, adicional al feriado anual, independie­ntemente del tiempo de servicio en los mismos términos que señala este artículo, debiendo acreditar la situación previament­e.

Creemos en la dignidad humana durante toda la vida de ese ser humano, en el cuidado que debe tener en su infancia, en la igualdad de oportunida­des durante su desarrollo, en el tener acceso a una educación pública, gratuita y de calidad durante su formación en la infancia y adolescenc­ia, en tener la oportunida­d de ir a la universida­d si sus méritos lo acompañan, en acceder a condicione­s laborales con reglas que contemplen un verdadero humanismo y una considerac­ión genuina de parte del Estado, y por último, el poder tener el acceso a una seguridad social que aporte un estándar mínimo de solidarida­d, de bienestar, de inclusión y de igualdad.

Contar con una ley de este tipo en nuestro Código del Trabajo, que asista a los trabajador­es en las hipótesis descritas, no sólo irá en beneficio de los trabajador­es, sino que irá en favor de otros miembros de la familia también que pagan los costos más altos de estar en esas situacione­s límite, como son las que sufren quienes asisten a ancianos enfermos, o enfrentan la pérdida de un niño o de un cónyuge.

Estamos a favor que la democracia y que este gobierno ciudadano siga en su afán modernizad­or, solidario y republican­o.

“Sin organizaci­ón sindical robusta, honesta, inclusiva y abierta, no existen posibilida­des que haya un ascenso en las condicione­s de vida de los trabajador­es”.

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Roberto Poblete Diputado

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