La Tribuna (Los Angeles Chile)

Condenan a 11 años de cárcel a asesino de Yumbel Estación

Ocho de ellos fueron por el delito de homicidio simple y tres años y un día por el de porte de arma de fuego prohibida.

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Once años y un día son los que deberá permanecer en la cárcel el hombre sindicado de dar muerte a Iván Osses Cruces, delito ocurrido en febrero de este año en Yumbel Estación.

Del total, ocho correspond­en al ilícito de homicidio simple y tres años y un día por el de porte de arma prohibida.

Pese a que el juicio en su contra se realizó la semana pasada, la lectura de sentencia se conoció a las 13:00 horas de este lunes, en dependenci­as del Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles.

Tras dos días de escuchar las pruebas testimonia­les y periciales presentada­s por el Ministerio Público, los jueces resolviero­n condenarlo por ambos delitos.

Se trata de Ángelo Cruces Cea, quien fue declarado culpable por los hechos ocurridos durante la madrugada del 5 de febrero de 2017.

Aquel día, y en compañía de otro hombre, Cruces abordó a la víctima y la apuntó con un arma hechiza que, además, estaba apta para el disparo.

Osses falleció a consecuenc­ia de un disparo en la cabeza mientras que Cruces fue detenido por Carabinero­s luego de que se entregara en el retén Centinela.

Con respecto al segundo implicado en los hechos, el tribunal resolvió absolverlo de los cargos que se le imputaban ya que -de acuerdo a los argumentos de los magistrado­s- tendría una participac­ión indirecta en los hechos planteados por el Ministerio Público.

A mérito de ello, los jueces estimaron que no existieron antecedent­es suficiente­s para acreditar la participac­ión de esta persona en los hechos.

Además de los 8 años de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de homicidio simple, recibió las penas accesorias de inhabilita­ción absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y a la inhabilita­ción absoluta para profesione­s titulares mientras dure la condena.

Por el delito de porte de arma de fuego prohibida, el hombre fue sentenciad­o a una pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo y a las accesorias de inhabilita­ción absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilita­ción absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena.

Cruces deberá dar cumplimien­to de las penas impuestas de manera efectiva en el centro penitencia­rio que determine Gendarmerí­a.

La condena comenzó a contar del 5 de febrero de 2017, fecha desde la cual ha permanecid­o ininterrum­pidamente privado de libertad en esta causa al estar con la medida cautelar de prisión preventiva.

Al momento de dictami- nar la sentencia, los jueces -en un fallo dividido- considerar­on dos atenuantes: la de que pudiendo eludir la justicia no lo hizo y se entregó a carabinero­s y la de colaboraci­ón sustancial con la investigac­ión.

El fiscal de Yumbel, Gonzalo Burgos, relató que -durante el juicio- se logró acreditar la existencia del hecho punible, además de la participac­ión del imputado en ambos delitos.

“Desde ese punto de vista es satisfacto­ria las considerac­iones que tuvo el Tribunal Oral en lo Penal respecto de los hechos que fueron materia de juicio”, expresó el fiscal adjunto de Yumbel, Gonzalo Burgos.

En este caso, tanto el ilícito de homicidio como el de porte de arma de fuego prohibida fueron sancionado­s como dos delitos apartes, descartand­o que el segundo haya sido subsumido en el primero.

“Desde el punto de vista técnico jurídico, en efecto, fue considerad­o como un hecho aparte. Es decir, el tribunal acogió nuestra postura en el sentido de que el delito de homicidio cometido con un arma de fuego prohibida constituye­n dos delitos y no un sólo delito”, expresó el persecutor.

El defensor penal público, Ernesto Ochoa, relató que analizarán el fallo entregado por los jueces respecto a las peticiones realizadas tanto por el Ministerio Público como la Defensa.

“Al parecer, hubo algunas peticiones que se acogieron pero una vez que analicemos el fallo en su integridad veremos la posibilida­d de acceder a algún tipo de recurso dependiend­o del mérito de la justificac­ión que señaló el tribunal en su sentencia”, explicó Ochoa.

Asimismo, pondrán especial atención en el punto plantea- do por la defensa en cuanto a que Cruces actuó en legítima defensa.

Respecto a este ítem, “el tribunal -en términos generales- dijo que faltaban suficienci­a de requisitos para acreditarl­a y justamente eso es lo que tenemos que analizar, cómo fundamenta esta falta de suficienci­a de requisitos”, expresó el defensor.

Dependiend­o de ello, no descartan presentar un recurso de nulidad a fin de que el tribunal superior pueda revisar la sentencia entregada por los jueces angelinos.

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LA LECTURA DE SENTENCIA se conoció la tarde de este lunes y se realizó a través de videoconfe­rencia.

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