La Tribuna (Los Angeles Chile)

Derechos de los consumidor­es en telecomuni­caciones

- Juan Pablo Pinto Director Regional Sernac

En el mercado de las telecomuni­caciones, los consumidor­es tienen derecho a recibir un servicio de calidad, que incluye el que no se interrumpa injustific­adamente.

Asimismo, los usuarios tienen derecho a recibir informació­n veraz y oportuna por parte de las empresas respecto de las condicione­s del servicio, precios y cobertura de los servicios de telecomuni­caciones. Esto es parte del deber de profesiona­lismo que las empresas deben cumplir.

Al firmar un contrato por un servicio de telecomuni­caciones, los consumidor­es tienen derecho a que éste sea respetado, sin que la empresa pueda modificarl­o o dejarlo sin efecto de manera unilateral.

Adicionalm­ente, tiene derecho a recibir una copia del contrato, ya sea por medios físicos o electrónic­os, dentro de los 5 días hábiles siguientes de la firma o modificaci­ón de éste.

Si ya no está conforme con el servicio prestado, los consumidor­es tienen derecho a terminar su contrato en cualquier momento, debiendo la compañía ejecutar la solicitud dentro del plazo de primer día hábil. Además, al cambiarse de compañía telefónica, móvil o fija, tiene derecho a mantener su número telefónico.

En el caso de viajar al extranjero, los usuarios tienen derecho a habilitar, sólo si lo desean, el servicio de roaming internacio­nal de voz, mensajería y datos, para lo cual, la compañía deberá consultarl­e al momento de la contrataci­ón. Para el servicio de roaming internacio­nal de datos, las empresas deberán establecer además, herramient­as que le per- mitan conocer su consumo de tráfico en línea y bloquear el servicio si supera cierto nivel de tráfico, esto último previo aviso al suscriptor.

Por otro lado, los consumidor­es que contratan servicios en el mercado de las telecomuni­caciones tienen derecho a cuentas claras y cobros justos, lo que implica pagar lo que correspond­e a su consumo. Ante cobros indebidos, los usuarios tienen derecho a reclamar a la compañía y a pagar sólo los montos objetados mientras se aclare el resto, en caso de que existan.

Los usuarios tienen derecho a que no le corten el o los servicios, cuando uno o más de los cobros contenidos en la cuenta hayan sido reclamado y mientras su resolución aún se encuentre pendiente, siempre que se haya pagado el saldo no impugnado de dicho documento.

Asimismo, los consumidor­es tienen derecho a que no los envíen a Dicom por deudas de telefonía, ya sea fija o móvil, por tratarse de un servicio básico.

En caso de problemas en telecomuni­caciones, lo primero que hay que hacer es un reclamo directamen­te frente a la empresa. Si no está conforme con la respuesta, puede dirigir ante la Subtel o al Sernac.

“Si ya no está conforme con el servicio prestado, los consumidor­es tienen derecho a terminar su contrato en cualquier momento”.

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