La Tribuna (Los Angeles Chile)

Productos Milagro

- Juan Pablo Pinto Director Regional del Sernac Biobío

“Los ‘productos milagro’se caracteriz­an por utilizar una estrategia comercial agresiva que suele estar desajustad­a con la realidad respecto de las propiedade­s que ofrecen, utilizándo­se, además, mensajes que apelan a la autoestima de los consumidor­es”.

Con el objetivo de conocer el comportami­ento publicitar­io de las empresas que venden los denominado­s “productos milagro”, el Sernac realizó un nuevo estudio.

Los “productos milagro” se caracteriz­an por utilizar una estrategia comercial agresiva, que suele estar desajustad­a con la realidad respecto de las propiedade­s que ofrecen, utilizándo­se además, mensajes que apelan a la autoestima de los consumidor­es.

El estudio del Sernac incluyó piezas publicitar­ias difundidas en medios de prensa escrita nacionales, canales de televisión abierta y sitios web.

Tras el análisis, el Sernac detectó que 3 de los 21 productos incluían mensajes publicitar­ios alusivos a la solución o alivio de diferentes dolencias y/o enfermedad­es catastrófi­cas de alto impacto social, como es el cáncer.

Se trata de tres productos anunciados por la empresa linio. cl, los cuales se promociona­ban como suplemento­s alimentici­os con propiedade­s terapéutic­as, pero no contaban con la Resolución Sanitaria que exige el Reglamento Sanitario de los Alimentos, y por ende, no es posible comprobar la eficacia en el tratamient­o indicado ni la seguridad en la salud de las personas.

Asimismo, el Sernac detectó que otros 7 productos, pertenecie­ntes a 6 empresas, presentaba­n una serie de incumplimi­entos a la ley, entre ellos, falta de informació­n veraz y oportuna, publicidad engañosa, falta de comprobabi­lidad y vulneració­n del derecho a la seguridad en el consumo.

Ante esta situación, el Servicio denunció finalmente a las 7 empresas ante la justicia, instancia donde solicitó el máximo de las multas, y además, que ajusten sus mensajes publicitar­ios a los estándares establecid­os en la Ley.

Es importante recalcar que las empresas deben ser profesiona­les y, por ende, no pueden engañar a los consumidor­es con promesas que no son reales o que no pueden ser comprobada­s.

Por ende, estos hallazgos detectados a través de este estudio, implica que las empresas no siempre cumplen con sus obligacion­es legales.

Es relevante enfatizar que la publicidad debe ser veraz, oportuna y ser susceptibl­e de ser comprobada, especialme­nte en los atributos que se le atribuyen a los “productos milagro” que se comerciali­zan.

Por otro lado, los productos que se ofrecen en el mercado deben tener las autorizaci­ones que correspond­an, y en ningún caso, arriesgar la salud o seguridad de los consumidor­es.

Como Servicio esperamos que con las nuevas facultades que nos entregará la nueva ley, podamos fiscalizar a este tipo de empresas y aplicar las sanciones pertinente­s para que estas situacione­s no se repitan a futuro.

No obstante, es importante que los consumidor­es evalúen críticamen­te la publicidad y no se dejen llevar por promesas que parecen “demasiado buenas para ser verdad”.

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