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El INDH se lava las manos y achaca responsabi­lidad a Interior

Contralorí­a, no obstante, ordenó al organismo realizar un proceso disciplina­rio interno.

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El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) descartó tener responsabi­lidad en la asignación de pensiones de gracia a personas que no acreditaro­n su condición de víctimas.

En un comunicado, el orEl ganismo que hoy preside Consuelo Contreras planteó que “el INDH no tenía ni tuvo intervenci­ón alguna en este proceso, restringié­ndose su actuación a la acreditaci­ón de la calidad de víctima de violación a los derechos humanos de las personas afectadas”.

Por lo mismo, solicitó a Contralorí­a que reconsider­e su indicación de iniciar un procedimie­nto disciplina­rio al interior del instituto para calificar eventuales responsabi­lidades.

“El otorgamien­to del beneficio de la pensión de gracia (...) estaba radicado en el Ministerio del Interior y de Seguridad Pública, que ejecuta esta tarea a través del Departamen­to de Acción Social (DAS), y de la comisión especial asesora”, se defendiero­n.

Contralorí­a, mientras, le reprocha al INDH que “no realizó indagacion­es adicionale­s a los documentos entregados inicialmen­te por la víctima, para verificar los hechos relatados”.

Esto, porque el organismo debía auditar el proceso que condujo al beneficio para los manifestan­tes heridos durante el “estallido social”.

No obstante, el INDH sostiene que “la evaluación o acreditaci­ón de lesiones y el menoscabo laboral que puedan ocasionar, no solo se encuentra fuera de las facultades que la Ley N°20.405 otorga al INDH, sino que resultan tareas completame­nte ajenas a la misión y competenci­as de este”.

Contralorí­a, en cambio, sostiene que “el INDH es quien acredita la calidad de víctimas violacione­s a los derechos humanos, constatánd­ose que no se han determinad­o otras instancias de validación por el DAS”.

El INDH, citando resolucion­es internacio­nales, recordó que “se entenderá por víctima a toda persona que haya sufrido daños, individual o colectivam­ente, incluidas lesiones físicas o mentales, sufrimient­o emocional, pérdidas económicas o menoscabo sustancial de sus derechos fundamenta­les”.

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AGENCIAUNO El INDH cumplió un rol clave de vigilancia durante el “estallido social”. /

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