Juez Daniel Urrutia arriesga la expulsión del Poder Judicial
Expertos creen que las acciones del magistrado que autorizó videollamadas de reos peligrosos se alejan de la ley.
“De acuerdo al Código Orgánico, los jueces deben tener prescindencia política”.
ANDRéS CELEDóN Abogado, prof. U Autónoma
La Corte de Apelaciones de Santiago abrió el lunes un sumario administrativo contra el juez del Séptimo Juzgado de Garantía, Daniel Urrutia, quien concedió videollamadas y visitas conyugales a reos de la cárcel de máxima seguridad, un asunto que no estaría dentro de sus facultades, como estableció ese mismo Tribunal bajo “supuestos no previstos” en el Código Orgánico de Tribunales, “lo que reafirma la ilegalidad de su proceder”.
El magistrado se arriesga a sanciones que pueden ir desde una amonestación hasta la expulsión del Poder Judicial. Así lo señalan abogados expertos en el tema.
Claudio Matute, socio del área Litigios de IMAD Abogados y profesor de Derecho Procesal en la Usach, señala que “en el caso de que se considerara que las imputaciones son efectivas, pero principalmente que dictó resoluciones que exceden sus facultades legales, esa conducta podría configurar el delito de prevaricación, y en ese caso podría ser removido, que es la sanción mayor”. No sólo eso, el profesional agrega que si se establece ese delito, los datos deben pasar al Ministerio Público para buscar sanciones penales.
De todas maneras, aunque ha trascendido que era evidente que Urrutia estaba pasando por sobre sus atribuciones, Andrés Celedón, abogado de Derecho Procesal, juez de Policía Local y académico de la U. Autónoma, dice que “no puede ser evidente, desde que los jueces, principalmente en el ámbito procesal penal, deben fundamentar sus resoluciones, y aquellos de los intervinientes que no estén de acuerdo con una resolución judicial pueden presentar un recurso contra dicha resolución, que en definitiva es lo que ocurrió”.
No es la primera vez que el magistrado se ve enfrentado a una situación similar. En 2023 fue sancionado por la
“Si dictó resoluciones que exceden sus facultades, podría configurar el delito de prevaricación”.
CLAUDIO MATUTE Abogado IMAD y Usach
Corte Suprema “por autoasignarse” una causa y liberar a 13 imputados por el Estallido Social y debió dejar el caso del manifestante que cayó desde el Puente Pio Nono por faltar a la imparcialidad, pues había criticado a Carabineros en sus redes sociales.
Ese es precisamente, dicen
los abogados, la norma básica que ha incumplido Urrutia. Andrés Celedón explica que el hecho que Urrutia esté ideologizado “puede ser una idea masificada en la opinión pública, pero en el fondo, los jueces actúan bajo el principio de imparcialidad. Y si una parte estima que no es imparcial, puede solicitar su inhabilidad y la legislación contempla los medios”.
Los profesionales coinciden en explicar que no existe un control formal para observar si un juez opina de política o usa sus redes sociales para ese fin, sino que se confía en el autocontrol y en el escrutinio de la gente.
“Eso ha funcionado bastante bien en Chile. Acá en la etapa de formación se enseña que el primer valor es la ecuanimidad, los jueces tienen que garantizar independencia e imparcialidad, por lo tanto si un juez es altamente reactivo, como al parecer ocurre en el caso del juez Urrutia, pone en riesgo esa independencia e imparcialidad, porque existe la causal de inhabilidad ante jueces que emitan opiniones acerca de causas que están conociendo”, indica Matute, de la Usach, quien explica que eso es lo que le ocurrió a Urrutia en el caso Pío Nono.