La apelación no siempre aminora el castigo
Sanción por Supercopa. Colo Colo no podrá vender una de sus galerías en los siguientes cinco partidos de local.
En la justicia, ya sea penal, civil y hasta deportiva, los fallos son apelables. Sin embargo, la revisión de las resoluciones no redundan - necesariamente - en la reducción de los castigos. Y prueba de ello la puede dar Blanco y Negro, que recurrió al tribunal de alzada de la Anfp para intentar disminuir la sanción que pesaba sobre casi 13 mil hinchas sentados en la galería Norte del Estadio Nacional para la Supercopa por cinco partidos. El resultado del recurso de la concesionaria que administra a Colo Colo terminó cambiando la decisión inicial, aunque modificando la condena.
Si la primera sala del Tribunal
de Disciplina de Quilín había determinado la prohibición “de vender, canjear, donar o entregar -a cualquier
título- entradas o invitaciones a dichas 12.820 personas en los cinco siguientes partidos que juegue en calidad de
local, so pena de incurrir en desacato” por los incidentes en el partido del pasado 11 de febrero ante Huachipato, ahora la Segunda Sala decidió levantar esa sanción a los espectadores, pero transfiriendo la pena al club.
“Con declaración que la sanción impuesta, que afecta a cinco partidos oficiales en que le corresponda actuar al club Colo Colo en calidad de local, se limita sólo a la clausura de la galería norte del estadio Monumental David Arellano o donde al recurrente haga de local”, dice el fallo del tribunal de alzada. O sea, durante los siguientes partidos en casa, la galería septentrional (donde se ubica habitualmente su barra) no podrá ser ocupada, limitando así significativamente el aforo para esos duelos.