Publimetro Chile

Veinte preguntas y veinte respuestas sobre las 40 Horas

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Diego Hermosilla P.

1) ¿Qué es la Ley de las 40 Horas?

_Una normativa que modifica el Código del Trabajo y que busca que la jornada laboral de los trabajador­es privados baje de las actuales 45 horas semanales, a sólo 40. Aunque será progresivo: este viernes bajará a 44; en abril de 2026, a 42, para llegar a las 40 horas en abril de 2028.

2) ¿Será necesario modificar cada contrato de trabajo?

_No, porque se cambia el Código del Trabajo, que es a lo que aluden los contratos.

3) ¿Se puede reducir la jornada algunos minutos o sumarlas al tiempo de colación?

_Ninguna de las dos. La “medida” mínima para rebajas son las horas, no los minutos. No se pueden reducir 12 minutos cada día; debe elegirse un día para salir una hora antes.

4) ¿Ese día puede ser el viernes?

_Puede ser, si hay acuerdo con la empresa. Si no hay, el empleador tomará la última decisión.

5) ¿Hay diferencia si se trabaja de lunes a sábado?

_Sí, allí la “medida” mínima es de 50 minutos diarios. Eso, porque cuando rija en pleno la ley, se deberán disminuir al menos 50 minutos cada uno de los seis días.

6) ¿Puede pactarse que esa reducción sea en la hora de entrada?

_Sí. Y también debe ser una hora, no minutos.

7) ¿Hay que esperar hasta 2028 necesariam­ente para las 40 horas?

_Las empresas pueden implementa­r ya cualquier reducción. Incluso hay varias que la implementa­ron hace tiempo.

8) ¿Es obligatori­o que sea máximo una hora por día?

_No. Incluso se puede aplicar la fórmula 4x3, es decir, trabajar cuatro días y descansar tres, pero sólo cuando la empresa

Dudas.

implemente las 40 horas, porque 10 horas en una jornada es el máximo permitido.

9) ¿Todas las semanas de trabajo deben ser iguales?

_No. El dictamen de la Dirección del Trabajo señala que la distribuci­ón se puede efectuar sobre promedios semanales en lapsos de hasta cuatro semanas.

10) ¿Qué pasa con el “artículo 22”, que regula a los trabajador­es excluidos de jornada? _Se redujo considerab­lemente la lista de trabajos que cae en esa denominaci­ón. Ahora sólo aplica a gerentes, personal de confianza con facultades de administra­ción y de dirección y los que no tienen fiscalizac­ión superior inmediata. Para definirlos la ley establece un procedimie­nto breve de reclamació­n en la Dirección del Trabajo.

11) ¿Por qué se hizo ese cambio?

_Porque se hacía mal uso, de acuerdo a la ministra Jeannette

Jara, y porque cada vez hay nuevas y mejores formas de control horario, incluso a distancia.

12) ¿Cómo afectará a los que se cambien de formato?

_ Quienes pasen a ser regulados por la jornada y realicen turnos, deben ser pagados como horas extras.

13) ¿Qué pasa con los empleados públicos, cuya jornada ya era de 44 horas?

_El Gobierno enviará este año un proyecto de ley para que puedan “empalmar” con los trabajador­es regidos por el Código del Trabajo en la readecuaci­ón del año 2026.

14) ¿Cómo denunciar irregulari­dades?

_Hay varios canales en la Dirección del Trabajo y las fiscalizac­iones de rutina van a comenzar a verificar

que se cumpla.

15) ¿Qué pasará con las empresas que incumplan?

_Serán sancionada­s, pero como explicó el director del Trabajo, Pablo Zenteno, eso no significa que se va a multar a todos, sino que se va a permitir que las Pymes puedan corregir y, además, se les ofrece un acompañami­ento desde los ministerio­s de Economía y del Trabajo y de la nueva Unidad de Pequeñas Empresas de la Dirección del Trabajo. Pero la gran empresa no tendrá excusas, porque se entiende que tienen personas especializ­adas.

16) ¿La ley sólo regula los horarios?

_La norma incluye otros beneficios, como las bandas de horario para que madres, padres y cuidadores de menores de 12 años puedan anticipar o retrasar el inicio o salida del trabajo.

17) ¿Es cierto que la ley podría

sumar días de vacaciones?

_Algo así, porque da la posibilida­d de no cobrar algunas horas extraordin­arias y canjearlas por hasta cinco días de descanso.

Guía para entender la ley que reduce la jornada laboral, que entra en vigor este viernes.

18) ¿Menos horas trabajadas significar­á una rebaja en el sueldo?

_No. La ley tiene un artículo específico para evitar esa interpreta­ción.

19) ¿Qué pasa si la empresa necesita que el trabajador labore 45 horas a la semana?

_Pueden trabajarse, pero deben pagarse como horas extra.

20) ¿Puede un trabajador o todos los de una empresa renunciar a acortar la jornada, por ejemplo, si consideran que perderán de ganar comisiones?

_No, porque la reducción de la jornada laboral es una obligación.

Todo oficial. Lo que dice la ley, los dictámenes de la Dirección del Trabajo y la ministra del Trabajo, Jeannette Jara.

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/ AGENCIAUNO Si la empresa necesita que sus trabajador­es mantengan el régimen actual, deberá pagar horas extra a quienes accedan a hacerlas.

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